Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

551679
0,07 incluido IGV, por la impresion de vales fisicos para usuarios colectivos y prepagos. 2.2. RECONOCIMIENTO DE COSTOS DE REPARTO DE VALES 2.2.1. ARGUMENTOS DE ELECTRONORTE

a) Un costo por impresion de vales el monto ascendiente a S/. 0,088 sin IGV; b) Un costo unitario por reparto de vales a domicilio ascendiente a S/. 1,02 sin IGV; c) El monto ascendiente a S/. 43 657,00 por gestion administrativa. 2.1. RECONOCIMIENTO IMPRESION DE VALES DE COSTOS POR

2.1.1. ARGUMENTOS DE ELECTRONORTE Que, la recurrente manifiesta que ha existido en un error al momento de realizar el analisis de los costos, pues estos no han sido exactos y que los actuales costos reconocidos perjudican economicamente su actividad de impresion de vales. Senala que ha realizado un analisis de los costos del ano 2014 para tener costos unitarios de impresion de vales para suministros colectivos y prepagos ajustados a precios historicos. Asi, indica que ha obtenido que de marzo a octubre de 2014 el costo promedio por impresion es de S/. 0,028 sin IGV y que de agosto a diciembre el costo por vale impreso era de S/. 0,06; de ello se desprende que el costo real de la impresion de cada vale es de S/. 0,088 sin IGV, es decir, la sumatoria de los dos anteriores, por ello requiere que sea este ultimo el monto a reconocer. 2.1.2. ANALISIS DE OSINERGMIN Que, el sustento de la posicion de la recurrente radica, como MORDAZA lo senala, en un error en el analisis de los costos por impresion de vale y que el MORDAZA analisis que exponen en su recurso es el correcto, considerando que los costos se encuentran ajustados a precios historicos; al respecto, cabe indicar que no todo costo real o historico debe ser reconocido, sino que estos costos deben estructurarse con un criterio de eficiencia y calidad y que ademas deben corresponder al minimo costo posible en condiciones aceptables de calidad, debiendo tenerse en cuenta que segun los Articulos 15° y 16° de la MORDAZA Costos FISE, la informacion historica no es la unica herramienta para determinar los costos estandares unitarios, sino que existen otras, tales como la informacion contable, la experiencia adquirida, referencias de empresas similares, entre otras; Que, respecto de la impresion de los formatos del vale, la recurrente ha alcanzado varias facturas de la empresa EMDECOSEGE S.A. con un costo unitario promedio de S/. 0,056 sin IGV, por la provision del formato del vale FISE impreso en papel MORDAZA A4. Asimismo, hace la precision de que teniendo en consideracion que por cada papel MORDAZA A4 se imprimen 2 formatos del vale, el costo por impresion de cada vale es S/. 0,028; Que, despues de contar con el formato del vale, Electronorte procede a la impresion en el mismo con la informacion propia del Vale FISE. Para ello ha contratado los servicios de la empresa Copy Center "J&K" que le provee el alquiler mensual de una impresora MORDAZA Ricoh y el suministro de 5500 hojas de papel A3 o A4. Al respecto ha alcanzado varias facturas, dentro de las que se cuenta la Factura Nº 304 por un monto total de S/. 670,00 sin IGV; Que, se puede verificar que de los S/. 670,00 que no incluye IGV, el monto destinado a la impresion de 5500 hojas A4 es S/. 350,00 y que el costo del suministro del papel asciende a S/. 320,00. Sin embargo, no corresponde reconocer este ultimo costo porque Electronorte ya cuenta con los servicios de la empresa EMDECOSEGE S.A. que le provee los formatos del vale listos para ser impresos; de modo tal que el costo por impresion en el formato de cada vale es S/. 0,032; Que, la determinacion del costo de impresion de vales fisicos para usuarios colectivos y prepagos se ha realizado sobre la base de los argumentos expuestos por Electronorte; teniendo en consideracion los criterios que permitieron, en su oportunidad, reconocerles tales costos a las empresas Electro Dunas, Electro Sur Este y Sociedad Electrica del Sur Oeste, para las cuales el costo de impresion del codigo del vale digital no era significativo comparado con el costo de impresion de vales para usuarios colectivos, prepagos y para aquellos beneficiarios que no son clientes de la distribuidora; Que, en consecuencia, este extremo del recurso se declara fundado en parte, reconociendose un costo de S/.

Que, la recurrente senala que la GART no ha evaluado los gastos realizados en el reparto de vales a domicilio; solicita no tomar en cuenta, como costos referenciales por dicho reparto, los costos asumidos por otra concesionaria del grupo Distriluz, pues las condiciones de acceso geografico a la MORDAZA son totalmente diferentes; senala que las condiciones de acceso que enfrenta consta de caminos de trocha con fuertes lluvias, falta de movilidad en la MORDAZA, desplazamientos a pie o en animal de carga y una gran dispersion de las viviendas en la zona; Que, anade, hasta el ano pasado el costo que venia manejando con su contratista respecto del mencionado rubro era de S/. 2,00 Nuevos Soles, pero desde el mes de enero de 2015 ya no cuenta con tal contratista y que ahora dicho servicio se lo presta la empresa Macryl E.I.R.L. con un costo de S/. 1,02 sin IGV; 2.2.2. ANALISIS DE OSINERGMIN Que, el Contrato N° GR-052-2015 que Electronorte presenta como medio probatorio para sustentar su solicitud tiene un costo de S/. 1,20 incluido IGV, para la provision del servicio de "Compaginacion, reparto de vales y entrega de padrones firmados por los beneficiarios del programa Fondo de Inclusion Social Energetico FISE en la UN de MORDAZA Centro"; Que, la recurrente ha sido capaz de conseguir precios mas bajos para la provision del mismo servicio a traves del Contrato N° GR-052-2015. Historicamente, durante el ano 2014 se le reconocio un costo de S/. 2,36 incluido IGV por el reparto de vales para usuarios colectivos y prepagos ubicados en la misma MORDAZA de MORDAZA Centro que incluye las provincias de Chota, Cutervo, MORDAZA MORDAZA y San Miguel. Estas localidades se encuentran comprendidas dentro de los sectores tipicos 4 y 5, categorizados como MORDAZA rural, y rural de media densidad; respectivamente; Que, considerando que los costos estandares a reconocer se determinan sobre la base de criterios de eficiencia y calidad debiendo corresponder al minimo costo posible en condiciones aceptables de calidad, de conformidad con el Articulo 15.3 de la MORDAZA Costos FISE, corresponde reconocerle un costo de S/. 1,20 incluido IGV para esta actividad en la MORDAZA rural; Que, de otro lado, es preciso senalar que el costo por reparto de vales en la MORDAZA MORDAZA Provincia que se le fijo a Electronorte se realizo sobre la base del Articulo 16.1 de la MORDAZA Costos FISE, que establece que para la aprobacion de los costos estandares unitarios se podra tomar en consideracion el MORDAZA mas eficiente en cada actividad de las distribuidoras electricas con caracteristicas similares. En ese contexto, se tomo como referencia a Electronoroeste, por ser una empresa del mismo grupo al que pertenecen. Ademas, se identificaron caracteristicas similares entre MORDAZA empresas, como por ejemplo los sectores tipicos asociados a sus sistemas electricos y la geografia propia de la zona; Que, en consecuencia, este extremo del recurso se declara fundado en parte, reconociendose un costo de S/. 1,20 incluido IGV para la MORDAZA rural. 2.3. RECONOCIMIENTO GESTION ADMINISTRATIVA DE COSTOS POR

2.3.1. ARGUMENTOS DE ELECTRONORTE Que, Electronorte senala en que los costos que propuso no han sido considerados en la Resolucion 012 y que no existe ningun comentario al respecto, lo que le hace presumir que los costos por gestion administrativa no han sido revisados y por ello solicita su reconsideracion. Indica que al revisar los montos establecidos en el Formato 14C, ha advertido un error material al momento de consignar el costo del asistente y/o auxiliar por S/. 2 682,00 como costo directo siendo lo adecuado consignarlo como costo indirecto;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.