Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2015 (13/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de agosto de 2015 /

El Peruano

de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía variada, conformado por zonas onduladas de textura arenosa y laderas de altura moderada; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 45 716,74 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0708-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 26 de junio de 2015 (fojas 28 al 31); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 45 716,74 m², ubicado en la Avenida Libertad s/n, al Norte del Asentamiento Humano Las Casuarinas, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1272893-13 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 541-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de junio del 2015 Visto el Expediente Nº 1148-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 1 216 922,54 m², ubicadoal Este del Centro Poblado de Zapán, entre el cerro Zapán y cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el predio de1 216922,54 m², ubicado al Este del Centro Poblado de Zapán, entre el cerro Zapán y cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta registral, la Zona Registral Nº IX-Sede Lima con Oficio Nº 1101-2015-SUNARPZ.R.Nº IX/GPI de fecha 07 de abril de 2015, remitió el Informe Técnico Nº 6295-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 30 de marzo de 2015(fojas 49 al 51), mediante el cual señaló queel polígono en consulta se ubica en zona de cerros, donde a la fecha, en su base gráfica consultada, no ha sido identificado un predio inscrito, cuyo perímetro haya sido incorporado a dichas bases gráficas e involucre al área en consulta; Que, realizada la inspección técnica con fecha 26 de abril de 2015, se verificó (fojas 84) que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, forma irregular y topografía muy accidentada, conformado por zonas ligeramente onduladas de textura arenosa, entre dos quebradas que atraviesan el predio, con laderas y cimas de cerros de textura areno arcillosas y abundante cascajo; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 1 216922,54m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0681-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de junio de 2015 (fojas85 al 88); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 1 216922,54 m², ubicado al Este del Centro Poblado de Zapán, entre el cerro Zapán y cerro Vellis, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el Artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1272893-14

Modifican la Res. Nº 199-2014/SBN-DGPESDAPE
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 601-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 20 de julio del 2015

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