Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2015 (13/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 13 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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sus necesidades con rapidez, de forma profesional y de manera que se logre una relación óptima costo-calidad; Que, asimismo, en el referido Informe, la Jefatura de Logística y Control Patrimonial manifiesta, respecto a las razones económicas, que el encargar la conducción del proceso de selección a UNOPS garantizará que un órgano especializado se dedique de forma exclusiva a seleccionar al mejor proveedor acorde con el proyecto de Términos de Referencia del servicio de supervisión; además, debe tomarse en cuenta el ahorro de horas hombre y la oportuna satisfacción de la necesidad, toda vez que si un comité especial de OSITRAN llevaría a cabo el proceso, los funcionarios designados, dada sus funciones cotidianas, no se podrían dedicar exclusivamente a la conducción del mismo; adicionalmente, indica que el encargar la administración del proceso de selección a UNOPS traerá consigo el fomento de la convocatoria en el mercado nacional e internacional, lo cual promoverá la aplicación del Principio de Libre Concurrencia y Competencia, que constituye uno de los principios aplicables a la contratación de empresas supervisoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN; Que, el referido Informe, tal como se señala en el Memorando N° 645-15-GA-OSITRAN, de fecha 01 de julio de 2015, ha sido aprobado por la Gerencia de Administración; Que, resulta pertinente mencionar que el 21 de abril de 2008, se suscribió el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y la República del Perú para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS en Lima, el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo N° 029-2009-RE, el 27 de mayo de 2009, incorporándolo así a nuestro ordenamiento jurídico; dicho Acuerdo contiene las condiciones básicas bajo las cuales UNOPS brinda asistencia sin fines de lucro al Gobierno, entre sus esfuerzos para lograr un desarrollo humano sostenible, de conformidad con los programas y prioridades nacionales de desarrollo; Que, a través del Memorando N° 087-2015-GPPOSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informó que se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal para el pago de los costos administrativos a UNOPS, tal como se advierte de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 849-2015; Que, con relación a los recursos para el financiamiento de la contratación objeto del encargo, cabe mencionar que mediante Memorando N° 106-2015-JCRV-GSFOSITRAN del 27 de abril de 2015, emitido por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, se señala que el mismo se efectuará con recursos del Concesionario Sociedad Concesionaria Peruana de Vías - COVINCA S.A. en el marco de la cláusula 10.6 del Contrato de Concesión del Tramo Vial Desvío Quilca - Desvío Arequipa (Repartición) - Desvío Matarani - Desvío Moquegua - Desvío Ilo - TacnaLa Concordia; Que, mediante Informe N° 091-15-GAJ-OSITRAN, de fecha 24 de julio de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica de OSITRAN señala que resulta viable desde el punto de vista legal la suscripción del Convenio de Encargo entre UNOPS y el OSITRAN, el cual se encuentra en el marco de lo establecido en los artículo 6 y 35 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN; indicando, asimismo, que la decisión para encargar directamente el proceso de selección a un Organismo Internacional debe emitirse a través de Resolución de Gerencia General, tal como se dispone en dicha norma; Que, en el marco del Principio de Transparencia, que constituye uno de los principios aplicables a la contratación de empresas supervisoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN, se considera pertinente encargar a la Gerencia de Administración efectuar las coordinaciones correspondientes para remitir información a la Contraloría General de la República sobre la ejecución del presente convenio. Que, para efectos de desarrollar la actividad operativa interna correspondiente a OSITRAN, dentro del marco del encargo específico de proceso de selección a que se

refiere la presente Resolución, se considera necesario conformar un Comité Técnico Especializado, el mismo que debe reportar a la Gerencia General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público; el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y modificatorias; el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2001-PCM; Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 029-2009-RE, que ratifica el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y la República del Perú para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas en Lima; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la suscripción del Convenio entre el Organismo Supervisor de la Inversión de Infraestructura de Uso Público - OSITRAN y la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas UNOPS, para el encargo a UNOPS del proceso de selección para la contratación de los servicios de "Supervisión de obras obligatorias del Contrato de Concesión del Tramo Vial Desvío Quilca-Desvío Arequipa (Repartición)-Desvío MataraniDesvío Moquegua-Desvío Ilo-Tacna-La Concordia". Artículo 2.- Conformar un Comité Técnico Especializado encargado de desarrollar la actividad operativa interna correspondiente a OSITRAN, dentro del marco del encargo específico de proceso de selección a que se refiere la presente Resolución; el mismo que está integrado por las siguientes personas:
Nombres y apellidos Manuel Antonio Guevara Soplin Francisco Jaramillo Tarazona Jean Paul Calle Casusol Abel Hernán García Caycho Condición Presidente Miembro Miembro Miembro Cargo en el área a la que pertenece Gerente de Administración Gerente de Supervisión y Fiscalización Gerente de Asesoría Jurídica Supervisor de Operaciones I de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización Jefe de Logística y Control Patrimonial (e)

Sibille Michel Fernández Córdova

Miembro

El Comité Técnico Especializado reportará a la Gerencia General. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Administración efectuar las coordinaciones correspondientes, para remitir información a la Contraloría General de la República sobre la ejecución del presente convenio. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OBED CHUQUIHUAYTA ARIAS Gerente General 1273400-2

Aprueban suscripción de convenio entre OSITRAN y UNOPS para el encargo del proceso de selección para la "Contratación de una Empresa Consultora para la Supervisión de la Construcción de la Segunda Calzada de la Carretera Puno - Juliaca del Tramo 5 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil"
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 109-2015-GG-OSITRAN Lima, 10 de agosto de 2015

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