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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (16/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

568637 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de diciembre de 2015 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha 30 de noviembre del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Título Preliminar y en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27860 – Ley de Reforma Constitucional; Que, el artículo 9º, numeral 9.1 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las ordenanzas municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2015- CDB, de fecha 19 de Marzo del 2015, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Bellavista y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9, inciso 8, y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DEL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Artículo 1º.- APROBAR la modifi cación del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Bellavista aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2015-CDB, de fecha 19 de Marzo del 2015, de acuerdo al Anexo 01 que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- MANTENER vigente todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 004-2015-CDB de fecha 19 de Marzo de 2015. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia de Fiscalización y Control, y a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad según lo que a cada una corresponda de acuerdo a sus competencias. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como el Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas- CUIS, en el Portal Institucional (www. munibellavista.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde ANEXO 01 1. Modifi car: CODIGO DE INFRACCION MEDIDA COMPLEMENTARIA A-001 Paralización de obra, tapiado de los accesos y demolición Por: CODIGO DE INFRACCION MEDIDA COMPLEMENTARIA A-001 Paralización de Inmediata de Obra (Temporal: hasta 30 días o regularización, Definita: En caso de Reicidencia), tapiado de los accesos y demolición. 2. Modifi car: CODIGO DE INFRACCION MEDIDA COMPLEMENTARIA B-001 Clausura Temporal Por: CODIGO DE INFRACCION MEDIDA COMPLEMENTARIA B-001 Clausura Inmediata (Temporal: hasta 30 días o regularización, Definitiva: En caso de Reincidencia). 3. Modifi car: CODIGO DE INFRACCION DESCRIPCION D-057 “No contar con certificado de fumigación” Por: CODIGO DE INFRACCION DESCRIPCION D-057 “No contar y/o no exhibir el certificado de fumigación” 4. Modifi car: CODIGO DE INFRACCION DESCRIPCION D-058 “No exhibir certificado de fumigación” Por: CODIGO DE INFRACCION DESCRIPCION D-058 “Tener el certificado de fumigación vencido” 5. Por lo tanto, el Cuadro Único de Infracción y Sanciones quedará modificado de la siguiente manera: D-057 “No contar y/o no exhibir el certificado de fumigación” 50% 100% Clausura Temporal D-058 “Tener el certificado de fumigación vencido” 50% 100% Clausura Temporal 6. Incluir los códigos de Infracción: E-095 No cumplir con las condiciones mínimas en materia de medio ambiente 10% 50% 100% Clausura Temporal F-006 Por podar arboles sin autorización de la autoridad competente 100% 100% 150% Denuncia ante la autoridad competente 7. Y por último, integrar la descrita como: “Generar emisiones que incrementen la huella de carbono, tales como: Uso de aceite quemado”. 1321573-1