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El Peruano Miércoles 7 de enero de 2015 544124 exclusión social que sufre esta población en los diversos ámbitos, excluyéndola del acceso a una vida con mayor dignidad y autonomía; Que, de acuerdo a las estadísticas que se muestran en el considerando precedente, resulta que las personas con discapacidad son más del 5% de la población y según la normatividad vigente, por lo que se deben implementar medidas de protección, por tanto, las políticas regionales que se proponen resultan una acción estratégica y pertinente, considerando además, que esta población aún continúa sufriendo exclusión y marginación en los diversos ámbitos, especialmente en el educativo, laboral y de accesibilidad, siendo necesario aprobar una norma regional para la inclusión de este sector de la población, dando así cumplimiento a la normatividad en materia de discapacidad que la ampara; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobación antes referida, al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Nº 29973, PARA LOGRAR LA INCLUSIÓN SOCIAL Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA REGION AREQUIPA Artículo 1º.- Objetivo.- Diseñar e implementar políticas sectoriales que consideren las necesidades e intereses de las personas con discapacidad para su desarrollo, inclusión plena y efectiva en la vida social, económica, política y cultural de la región en condiciones de igualdad, que les garantice una vida con dignidad y mayor autonomía. Artículo 2º.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Ofi cina Regional de Atención a la persona con Discapacidad - OREDIS en convenio con el CONADIS y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, realizar un censo de las personas con discapacidad en la Región Arequipa, que considere básicamente datos como la edad, sexo, nivel educativo, nivel socioeconómico y tipo de discapacidad; que sirvan como base de las políticas regionales. Artículo 3º.- EXIGIR al Órgano Ejecutivo Regional a través de sus Gerencias diseñar e implementar políticas de atención a las personas con discapacidad que consideren las siguientes acciones y lineamientos: 3.1.- Gerencia de Infraestructura. - Elaborar un Plan Regional de Accesibilidad al medio físico y a las edifi caciones públicas y privadas que brindan servicios al público, en el ámbito urbano regional, que incluye las ofi cinas de la sede del Gobierno Regional. El mencionado Plan debe contar con asignación presupuestaria para el cumplimiento de sus fi nes y objetivos. - Realizar incidencia y concertación con los gobiernos locales para que elaboren y articulen sus planes de accesibilidad. - Considerar en toda obra de infraestructura que en adelante se construya en la Región Arequipa, el cumplimiento de las normas de accesibilidad. 3.2.- Gerencia Regional de Salud. - La certifi cación de Discapacidad con la participación de grupos médicos especializados, siendo esta una medida de observancia obligatoria para el personal de las instancias administrativas y sanitarias involucradas a nivel regional. - Estrategias de acceso a servicios de salud con calidad y pertinencia cultural, que consideren las necesidades de atención médica de las personas con discapacidad, estableciendo metas de cumplimiento. - Disponer que los servicios de salud y rehabilitación física ofrezcan atención permanente en horario diurno y nocturno, asegurando la incorporación de profesionales especializados en rehabilitación como traumatólogos, neurólogos, psicólogos, y además, disponer de medicamentos. - Mejoramiento y adecuación de la accesibilidad de la infraestructura de los establecimientos de salud. - Realizar acciones de prevención de la discapacidad, dirigidas a todos los niveles educativos y a la sociedad en general. 3.3.- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Elaboración de un Plan de inclusión laboral de las personas con discapacidad. - Desarrollo de programas y talleres de capacitación y mejoramiento de capacidades productivas, de acuerdo a los diversos tipos de discapacidad. - Un Programa de servicios de capacitación, inserción y certifi cación laboral, correspondiente a las necesidades de empleabilidad de las personas con discapacidad, estableciendo metas e indicadores de cumplimiento. - En coordinación con el CONADIS y la OREDIS, realizar seguimiento al cumplimiento de parte de instituciones públicas y privadas de contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%, para tal fi n, a partir del año 2015 deberá elaborar un plan de acción que incluya un cronograma de cumplimiento. 3.4.- Gerencia Regional de Educación. - Incluir las necesidades de atención educativa de las personas con discapacidad en la planifi cación e implementación de medidas de acceso a servicios educativos con calidad y pertinencia. - Capacitar al personal docente para atender de manera adecuada a niños y niñas con discapacidad. - Mejorar la accesibilidad física de la infraestructura de las instituciones educativas y considerar en los proyectos de construcción de los nuevos locales, las normas de accesibilidad vigentes. - Realizar un seguimiento y monitoreo de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad para que se matriculen y permanezcan en el sistema educativo, evitando la deserción escolar y la exclusión del sistema educativo. - Promover la participación de estudiantes con discapacidad en actividades culturales, científi cas y deportivas. 3.5.- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. - Promover que los estacionamientos de los establecimientos públicos y privados dispongan la reserva de espacios para vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten. - Coordinar con la Policía Nacional del Perú y las municipalidades la supervisión y fi scalización del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad de las empresas de transporte público terrestre de pasajeros, debiendo contar con unidades accesibles para personas con discapacidad y personas adultas mayores. - Promover el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías de la información y la comunicación, incluida la Internet. 3.6.- Gerencia Regional de Vivienda y Construcción. - Promoción de la construcción de viviendas y edifi caciones accesibles en la región. - Promoción y acceso preferente a los programas públicos de vivienda que contemplen normas de accesibilidad para las personas con discapacidad. Artículo 4º.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional asignar el presupuesto correspondiente a las Gerencias para la de acuerdo a lo establecido por la Ley