Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Articulo Quinto.- DISPONER que aquellos expedientes que retornan del Ministerio Publico, Peritos Judiciales y Organos Judiciales Superiores, MORDAZA redistribuidos por el Centro de Distribucion General ­ CDG de la sede "Alzamora Valdez" de manera aleatoria y equitativa conforme han sido recepcionados a las dependencias correspondientes. Articulo Sexto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, inventariados y debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objetos de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Septimo.- DISPONER la suspension temporal de toda solicitud de traslado, rotacion y/o permuta del personal de los organos jurisdiccionales convertidos. Articulo Octavo.- DISPONER el apoyo de los Jueces Coordinadores, asi como del grupo itinerante, de este distrito judicial en las actividades que MORDAZA pertinentes a realizarse en los organos jurisdiccionales MORDAZA mencionados, con el fin de lograr todo los objetivos dentro de los plazos senalados. Articulo Noveno.CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente resolucion, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el plazo de 3 (tres) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien debera velar por el cabal cumplimiento de la presente resolucion debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Decimo Primero.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Segundo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, efectue el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1184785-1

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

Establecen conformacion de las MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia del Callao para el Ano Judicial 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 01-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 5 de enero de 2015. VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Sala Plena de fecha 04 de diciembre de 2014, se MORDAZA en forma democratica al Senor Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente de la Ilustre Corte Superior de Justicia del Callao para el periodo 2015-2016; oficializandose su eleccion mediante Resolucion Administrativa de Presidencia Nº 294-2014-PCSJCL/PJ, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" en su Edicion del 05 de diciembre del ano proximo pasado. Que, habiendo asumido el cargo en la fecha con ocasion de la apertura del ano judicial 2015, es necesario dictar la resolucion correspondiente para conformar las MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia del Callao para el presente ano judicial. Que, en la conformacion de MORDAZA Superiores se tiene en consideracion que en esta Corte Superior existen 04 MORDAZA Penales Permanentes, 01 Sala Civil Permanente, 01 Sala Laboral Permanente y 01 Sala Laboral Transitoria; y solo tenemos 19 jueces superiores titulares, de los cuales el Senor Juez Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido elegido en Sala Plena como Jefe de la Oficina Desconcentrada de la Magistratura, por lo que debe completarse las MORDAZA con jueces superiores provisionales. Que, para la designacion de jueces superiores provisionales, la Presidencia tiene en consideracion el MORDAZA de meritos (meritocracia) consagrado en el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 29277 (Ley de la MORDAZA judicial); y concretamente lo dispuesto en el articulo 66º que senala: "El Juez llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior sera aquel que ocupe el puesto mas alto en el cuadro de meritos de su nivel" . Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley acotada modifica el articulo 219º del Texto unico ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, precisando que el cuadro de meritos y antiguedad de los jueces superiores del MORDAZA lo formula el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el de los jueces especializados o mixtos y jueces de paz letrados lo formula el Consejo Ejecutivo Distrital o la Corte Superior correspondiente. Que, en cumplimiento de las disposiciones MORDAZA mencionadas, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha elaborado el Cuadro de Meritos de Jueces Superiores Titulares del Pais; y a su vez, las Cortes Superiores han elaborado sus propios MORDAZA de meritos de Jueces Especializados, Mixtos y de Paz Letrados. En el caso de la Corte Superior del Callao, el ultimo cuadro de meritos fue aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 0142014-CED-CSJCL/PJ, del Consejo Ejecutivo Distrital, de fecha 28 de MORDAZA de 2014; el mismo que sirve de herramienta de gestion para la designacion de los jueces provisionales superiores que conformaran MORDAZA para el presente ano judicial; y su respeto generara transparencia y objetividad en el uso de las facultades y atribuciones de esta Presidencia. Que, otro factor o elemento para la toma de esta decision es la especialidad de los jueces que figuran en el respectivo cuadro de meritos. El respeto al MORDAZA de meritos en la designacion de funcionarios publicos, no solo genera transparencia, objetividad y justicia, sino ademas incentiva y motiva al funcionario o servidor publico calificado que no se le da la oportunidad de ser promovido, para seguir capacitandose y perfeccionandose en una MORDAZA competencia con sus pares, lo que en el fondo beneficiara a la poblacion al recibir un eficiente y eficaz servicio de administracion de justicia; asi como constituye una de las formas de legitimarnos en la Sociedad. Por estos fundamentos, y de conformidad con las atribuciones conferidas a esta Presidencia por el articulo 90º, inciso 7º, concordante con el articulo 91º

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