Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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la Magistratura ­ ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1184782-1

notificacion completos, ademas de encontrarse debidamente inventariados. Articulo Quinto.- DISPONER que los escritos ingresados hasta el dia anterior a la fecha de inicio del MORDAZA de redistribucion deberan encontrarse debidamente proveidos, notificados, cosidos y foliados en el expediente, bajo responsabilidad de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales de los Juzgados Permanentes materia de redistribucion. Articulo Sexto.- DISPONER que los escritos ingresados a partir de la publicacion de la presente resolucion administrativa, deben custodiarse en la Mesa de Partes correspondiente hasta la finalizacion de la redistribucion de expedientes, y deberan ser remitidos a los organos jurisdiccionales correspondientes para su tramite, con preferencia de aquellos que tienen plazos por vencerse y medidas cautelares. Articulo Septimo.- DISPONER que la Mesa de Partes de la sede "Puno y Carabaya" de este Distrito Judicial, recepcione los expedientes que retornan de los Peritos Judiciales asi como de los Organos Judiciales, y estos MORDAZA redistribuidos en forma aleatoria y equitativa conforme han sido recepcionados, hacia las dependencias correspondientes. Articulo Octavo.- Modificar el articulo tercero de la Resolucion Administrativa N° 205-2014-P-CSJLI/PJ de la siguiente forma.Disponer que los expedientes tramitados en los Juzgados que actualmente integran la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este referidos a la Nueva Ley Procesal de Trabajo, sobre cobranza de aportes previsionales del Sistema Nacional de Pensiones retenidos por el empleador seran recibidos por el Centro de Distribucion General ­ CDG de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA el cual redistribuira aleatoriamente entre los juzgados 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° de Paz Letrado Laborales de MORDAZA y especializado de MORDAZA, en funcion a la instancia correspondiente Articulo Noveno.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que debera velar por el cabal cumplimiento de la presente resolucion debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Decimo.CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente resolucion, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en plazo de 3 (tres) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo Primero.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Segundo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, efectue el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, la Oficina Desconcentrada de Control de

Disponen cierre de turnos, conversion de organos jurisdiccionales y redistribucion de expedientes en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y dictan disposiciones complementarias
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 472-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 30 de Diciembre de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 383-2014-CE-PJ de fecha 12 de diciembre de los corrientes, el oficio N° 1357-2014-P-UPD/CSJLI-PJ de fecha 18 diciembre de los corrientes, Resolucion Administrativa N° 425-2014CE-PJ; y el Oficio N° 13071-2014-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 383-2014-CE-PJ, se convierte a partir del primero de enero del 2015, la 1° y 3° MORDAZA Civiles Permanentes de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en 6° y 7° MORDAZA Laborales Permanentes del distrito de Lima. Las cuales liquidaran exclusivamente expedientes de la Antigua Ley Procesal de Trabajo en todo el distrito judicial al igual que sus homologos 1° y 2° MORDAZA Laborales Permanentes de Lima. Segundo.- Que, la 3° y 4° MORDAZA Laborales Permanentes de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 1° de enero del 2015 tramitaran exclusivamente expedientes correspondientes a la Nueva Ley Procesal de Trabajo y que la 5° Sala Laboral Permanente de la misma Corte tramite exclusivamente expedientes en materia Contencioso Administrativa Laboral y Previsional. Tercero- Que, la citada MORDAZA administrativa dispuso convertir y reubicar a partir del 1° enero del 2015 hasta el 30° MORDAZA del mismo ano la Sala Laboral Transitoria de MORDAZA en Sala Civil Transitoria de MORDAZA Corte Superior del mismo nombre. Cuarto.- Que, mediante oficio N° 1357-2014-P-UPD/ CSJLI-PJ, se eleva al Consejo Ejecutivo la Reconsideracion de la Resolucion N° 383 -2014-CE-PJ, donde se solicita tomar en consideracion la alta carga de expedientes con el que cuenta los Organos Jurisdiccionales Convertidos, como tambien considerar los plazos de conversion que operaria a partir del 2015. Teniendo en consideracion las etapas al MORDAZA de redistribucion como: saneamiento de expedientes, por parte de los jueces a cargo de la tramitacion de los mismos, MORDAZA de preparacion y recepcion por parte del centro de distribucion general con supervision de los jueces MORDAZA citados, la etapa posterior de recepcion y saneamiento por parte de los jueces receptores el mismo que se encuentra a la alta carga del magistrado. Quinto.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 425-2014-CE-PJ, se resuelve desestimar el recurso de reconsideracion interpuesto por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ademas de modificar el Articulo 1° de la Resolucion Administrativa N° 383-2014CE-PJ, en el sentido de remplazar la conversion de la 1° Sala Civil Permanente de MORDAZA, por la conversion de la 7° Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad en tema Tributarios, Aduaneros y de Mercado.

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