Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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operaria a partir de 2015. Teniendo en consideracion las etapas al MORDAZA de redistribucion como: saneamiento de expedientes, por parte de los jueces a cargo de la tramitacion de los mismos, MORDAZA de preparacion y recepcion por parte del centro de distribucion general con supervision de los jueces MORDAZA citados y la etapa posterior de recepcion y saneamiento por parte de los jueces receptores el mismo que se encuentra a la alta carga del magistrado. Tercero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 425-2014-CE-PJ, se resuelve desestimar el recurso de reconsideracion interpuesto por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Cuarto: Que mediante Oficio N° 13071-2014-CEPJ, el Secretario General de Consejo Ejecutivo pone a conocimiento el Acuerdo N° 1059-2014, adoptado en sesion del 30 de diciembre de los corrientes, que dispone que el plazo MORDAZA para la redistribucion de expedientes de los organos jurisdiccionales convertidos de MORDAZA por Resolucion Administrativa N° 380-2014-CE-PJ, que funcionaran a partir del 1 de enero de 2015, sera hasta el 31 de enero del ano 2015. Quinto.- Que en merito a lo indicado, corresponde a este despacho disponer las acciones administrativa respectiva a fin de dar cumplimiento a lo MORDAZA citado; en consecuencia corresponde ordena y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuesto en la Resolucion Administrativa N° 380-2014CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Sexto.- Que, por razones expuestas en su uso de las facultades conferidas en el inciso 3° del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3° del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Corte Superior de Justicia que opera como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el cierre de turno a partir del 01 de enero de 2015 del 5°, 12°, 22° y 24° Juzgados Civiles Permanentes. Articulo Segundo.- Convertir a partir del 01 de febrero del 2015 los siguientes Juzgados Especializados: - 12° Juzgado Civil Permanente de MORDAZA en 35° Juzgado de Trabajo Permanente de MORDAZA con las mismas competencias Judiciales y Territoriales que el 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28° y 29° Juzgado de Trabajo Permanentes de Lima. - 22° Juzgado Civil Permanente de MORDAZA en 36° Juzgado de Trabajo Permanente de MORDAZA con las mismas competencias Judiciales y Territoriales que el 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28° y 29° Juzgado de Trabajo Permanentes de Lima. - 24° Juzgado Civil Permanente de MORDAZA en 37° Juzgado de Trabajo Permanente de MORDAZA con las mismas competencias Judiciales y Territoriales que el 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28° y 29° Juzgado de Trabajo Permanentes de Lima. Articulo Tercero.- DISPONER que en un periodo de 19 (diecinueve) dias habiles a partir del 06 de enero de 2015, el 5°, 12°, 22° y 24° Juzgados Civiles Permanentes, remitan al Centro de Distribucion General ­ CDG, los expedientes que no se encuentren expeditos para sentenciar ni cuenten con vista de causa al 31 de diciembre de 2014; asi como los expedientes pendientes en ejecucion. Que el Centro de Distribucion General-CDG, una vez recepcionado los expedientes redistribuya equitativa y aleatoriamente entre sus pares homologos. Articulo Cuarto.- DISPONER que los escritos a ser recibido a partir del 1 de enero de 2015, queden en custodia del Centro de Distribucion General ­ CDG, hasta que el MORDAZA de redistribucion enmarcado en la presente MORDAZA culmine, y sin perjuicio a lo indicado una vez culminado el MORDAZA de redistribucion MORDAZA remitidos a los organos jurisdiccionales correspondientes, bajo responsabilidad de la Coordinadora del Centro de Distribucion General ­ CDG de la sede "Javier MORDAZA Valdez", con excepcion de las medidas cautelares que deberan ser remitidas a los organos jurisdiccionales competentes por el Centro de Distribucion General - CDG.

(tres) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo Cuarto: PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, velar por el cabal cumplimiento de la presente resolucion debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Decimo Quinto: DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Sexto: DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Decimo Septimo: DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, efectue el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo Octavo: PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1184784-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 473-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 380-2014-CE-PJ de fecha 11 de diciembre de los corrientes, el oficio N° 1357-2014-P-UPD/CSJLI-PJ de fecha 18 diciembre de los corrientes, Resolucion Administrativa N° 425-2014CE-PJ; y el Oficio N° 13071-2014-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 380-2014-CE-PJ, se convierte a partir del primero de enero de 2015, el 12°, 22° y 24° Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en 35°, 36° y 37° Juzgado de Trabajo Permanentes con Sub Especialidad Contencioso Administrativo Laboral del distrito de Lima. Asi mismo convertir y reubicar a partir del 1 de enero de 2015 el 5° Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de MORDAZA en 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, Distrito Judicial del mismo nombre. Segundo.- Que, mediante oficio N° 1357-2014-P-UPD/ CSJLI-PJ, se eleva al Consejo Ejecutivo la Reconsideracion de la Resolucion N° 380-2014-CE-PJ, donde se solicita tomar en consideracion la alta carga de expedientes con el que cuenta los Organos Jurisdiccionales convertidos, como tambien considerar los plazos de conversion que

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