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El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544300 Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Gustavo Efraín Quiróz Vallejos, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de la Resolución Nº4096-2014-MP-FN, de fecha 30 de setiembre del 2014, así como las funciones que cumple como Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios desempeñadas en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº1833-2012-MP-FN, de fecha 18 de julio del 2012. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor César Augusto Zanabria Chávez, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de la Resolución Nº3896-2014-MP-FN, de fecha 19 de setiembre del 2014. Artículo Tercero.- Designar al doctor César Augusto Zanabria Chávez, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Cuarto.- Designar al doctor César Augusto Zanabria Chávez, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Judicial de Lima, como Coordinador de las Fiscalías Superiores Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Quinto.- Designar al doctor Gustavo Efraín Quiróz Vallejos, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Lima. Artículo Sexto.- Hacer de su conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 1186109-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 005-2015-MP-FN Mediante Ofi cio Nº 190-2015-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 005-2015- MP-FN, publicada en la edición del día 7 de enero de 2015. DICE: Artículo Primero: (...), materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3088-2014-MP-FN de fecha 6 de agosto de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados. DEBE DECIR: Artículo Primero: (...), materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3088-2014-MP-FN de fecha 6 de agosto de 2014. DICE: Artículo Tercero: Dar por concluida la designación del doctor MARCO ANTONIO SANTA CRUZ, (...). DEBE DECIR: Artículo Tercero: Dar por concluida la designación del doctor MARCO ANTONIO SANTA CRUZ URBINA, (...). 1186108-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan responsables titulares y suplentes para la remisión de ofertas de puestos públicos para contratación de personal del CAP y bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios de la ONPE al Programa Red CIL Proempleo del MTPE RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0002-2015-J/ONPE Lima, 7 de enero de 2015 VISTOS; Los Informes N° 000074-2014-GCPH/ONPE y N° 000083-2014-GCPH/ONPE de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, el Memorando N° 000163-2014- GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe N° 000489-2014-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, el artículo 21° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales señala que, “(…) los puestos de trabajo, sean permanentes o temporales, serán cubiertos por concurso público, salvo aquellos califi cados como de confi anza, conforme a leyes orgánicas (…)”; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7 programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, conforme a lo establecido en el artículo 1° del Reglamento de la Ley N° 27736, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004-TR, a efectos de dar cumplimiento a la norma referida en el considerando anterior, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su Programa Red CIL Proempleo, proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha Entidad; Que, el artículo 2° del Reglamento antes referido dispone que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa referido en el párrafo que antecede las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, estando excluidas de esta obligación de concursar y remitir las ofertas, los puestos clasifi cados como de confi anza conforme a las reglas de la normatividad pública vigente; asimismo, de conformidad con el último párrafo del artículo en mención, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad, la cual deberá realizarse