Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

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las votaciones por cada uno de los regidores, decision que se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 019-2014-MPN (a fojas 272 y 276), de fecha 21 de agosto de 2014. Respecto al recurso de apelacion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 019-2014-MPN Con fecha 18 de setiembre de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte interpone recurso de apelacion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 020-2013-MPN, de fecha 21 de agosto de 2014, reiterando los fundamentos de su pedido de vacancia, los cuales se refieren al ejercicio funciones ejecutivas y administrativas por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al recepcionar seis motocicletas con carta poder y trasladarlas a la provincia de Nasca. Dichos vehiculos hasta la fecha se encuentran inoperativos. Asimismo, se apropio de S/. 1500.00 nuevos soles que les fueran entregados por concepto de viaticos, segun la rendicion de encargo interno con la planilla de viaticos Nº 209-2011. Respecto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marcatinco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moyano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Conca, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendo adoptado un acuerdo contra la ley, han trasgredido el articulo 11 de la LOM. CUESTION EN DISCUSION En el presente caso, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones debera evaluar: a. Si el concejo provincial de Nasca cumplio con el requerimiento efectuado mediante Resolucion Nº 1152014-JNE, que declaro nulo el procedimiento de vacancia y ordeno que emitiera pronunciamiento respecto a todos los regidores cuestionados con la misma. b. Si los hechos imputados configuran la causal de vacancia prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo de la LOM. CONSIDERANDOS Del cumplimiento de lo ordenado en la Resolucion Nº 115-2014-JNE 2. De los presentes autos, se observa que mediante Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 036, del dia 14 de agosto de 2014, el concejo provincial realiza el procedimiento de vacancia y vota por los siete regidores cuestionados. Respecto de las funciones y atribuciones de los regidores 3. De conformidad con lo establecido en el articulo 10 de la LOM, los regidores ejercen funciones fiscalizadoras y, por delegacion, las funciones politicas que corresponden al alcalde. Entre las funciones politicas destacan la MORDAZA de proyectos de ordenanzas y acuerdos, la formulacion de pedidos y mociones de orden del dia, el desempeno, por delegacion, de las atribuciones politicas del MORDAZA, asi como las funciones de fiscalizacion de la gestion municipal; tambien, integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, asi como en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal, mantener comunicacion con las organizaciones sociales y los vecinos, a fin de informar al concejo municipal y proponer la solucion de problemas. Asi tambien, tienen la atribucion de convocar a sesiones extraordinarias de concejo, en el caso de presentarse el supuesto de hecho contemplado en el MORDAZA parrafo del articulo 13 de la LOM. Cabe senalar que si bien los regidores siempre deben ejercer sus funciones de fiscalizacion, ello no implica, de modo alguno, que no puedan desarrollar sus atribuciones politicas a traves de las comisiones que se instauran en el interior del concejo municipal. Asi, los regidores, en el ejercicio de sus atribuciones politicas, pueden adoptar decisiones que tiendan a mejorar la gestion y optimizar los recursos existentes, tales como declarar en emergencia administrativa y financiera

sus descargos, en los que senalo que el hecho que se le imputa fue realizado en cumplimiento del acuerdo de concejo arribado en la Sesion Extraordinaria Nº 012, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, por lo que no se configura la causal invocada. Respecto al Acuerdo de Concejo Nº 020-2013MPN 1. En la sesion extraordinaria realizada el 15 de octubre de 2013 (de fojas 177 a 193), el Concejo Provincial de Nasca, con la asistencia de nueve de sus diez integrantes, acordo declarar infundado el pedido de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte -se registraron nueve votos en contra y ninguno a favor-, decision que se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 020-2013-MPN (a fojas 167 y 168), de fecha 21 de octubre de 2013. Respecto al recurso de apelacion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 020-2013-MPN El 6 de noviembre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte interpuso recurso de apelacion (de fojas 3 a 162) en contra del Acuerdo de Concejo Nº 020-2013-MPN, en el que reitera lo senalado en su escrito de solicitud de vacancia y agrega lo siguiente: a. Los integrantes del concejo municipal no han expuesto las razones que determinaron sus votos. b. El regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ejercio funciones que competen a la administracion municipal, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Nasca, aprobado mediante Ordenanza Nº 012-2011-MPN, de fecha 3 de febrero de 2011. c. El concejo municipal no se ha pronunciado sobre el pedido de vacancia de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marcatinco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moyano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Conca y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ayala. Sobre la Resolucion Nº 115-2014-JNE Se verifica que la solicitud de vacancia se presento contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y seis regidores mas del Concejo Provincial de Nasca, sin embargo, el referido concejo solo se pronuncio respecto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y no respecto a los otros seis regidores cuestionados, con lo cual incurrio en una irregularidad que afecta el debido proceso; asimismo, se constato que el acta de sesion extraordinaria, de fecha 15 de octubre de 2013, no consigna ninguna intervencion por parte de los integrantes del concejo provincial, no obstante, el Acuerdo de Concejo Nº 020-2013-MPN presenta fundamentacion de la decision adoptada y hace referencia a la intervencion de un regidor, por lo que ambos documentos presentan incongruencias respecto a los hechos de los cuales dan registro. Mediante Resolucion Nº 115-2014-JNE, (de fojas 516 a 520, del Expediente Nº J-2013-01415), de fecha 17 de febrero de 2014, se declaro nulo el Acuerdo de Concejo Nº 007-2013-MDSP, de fecha 19 de agosto de 2013, y todo lo actuado en el procedimiento hasta la MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marcatinco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moyano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Conca y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Provincial de Nasca, y se devolvieron los actuados al concejo provincial a fin de que renueve los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesion extraordinaria de concejo que resolvera la solicitud de vacancia. MORDAZA pronunciamiento del Concejo Provincial de Nasca respecto a la solicitud de vacancia En la sesion extraordinaria realizada el 14 de agosto de 2014 (de fojas 263 a 271), el Concejo Provincial de Nasca acordo declarar infundada la solicitud de vacancia presentada contra cada uno de los regidores cuestionados, registrandose nueve votos en contra y ninguno a favor, en

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