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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2015 (11/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Domingo 11 de enero de 2015 544583 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que la atención del servicio de la deuda pública para el año fi scal 2015 en el Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, se efectúa con cargo a las Fuentes de Financiamiento “Recursos Ordinarios”, hasta por el monto de S/. 6 346 193 892,00 (SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito”, hasta por S/. 3 948 806 108,00 (TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, dada una disminución en el ritmo de crecimiento de la economía mundial y un deterioro de las condiciones fi nancieras a nivel global, lo cual impacta negativamente en las perspectivas de los precios internacionales de nuestros principales productos de exportación; resulta necesario tomar medidas que permitan mantener el equilibrio en las cuentas fi scales que asegure la atención oportuna de las obligaciones a cargo de la República del Perú; Que, se requiere reestructurar las Fuentes de Financiamiento destinadas a la atención del servicio de la deuda pública para el Año Fiscal 2015, reduciéndose en S/. 957 000 000,00 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto previsto en la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” e incrementar en igual monto la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito”, dentro del mismo crédito presupuestario, aprobado por la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a fi n que el servicio de tales obligaciones se realice de manera oportuna; Que, la indicada suma de S/. 957 000 000,00 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) se fi nanciará con cargo a los recursos provenientes del fi nanciamiento contingente aprobado mediante Decreto Supremo N° 180-2008- EF, acordado entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS TREINTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, la Décimo Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que reestructure, mediante decreto supremo, los montos en las fuentes de fi nanciamiento con las que se atiende el gasto por el servicio de la deuda pública de determinado año fi scal; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y la Ley Nº 30281; Ley de de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Reestructuración de Fuentes de Financiamiento Dispóngase la reestructuración de los montos de las Fuentes de Financiamiento previstas en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administración de la Deuda, del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, en el Año Fiscal 2015, a efectos de rebajar el marco presupuestal de la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” en S/. 957 000 000,00 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) e incrementar la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito” en el mismo importe, sin que ello implique superar el monto total de los recursos previstos en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 - Administración de la Deuda, del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- Servicio de la Deuda Pública La reestructuración de los montos de las Fuentes de Financiamiento establecida en el artículo precedente, se efectuará dentro del total del crédito presupuestario aprobado para el pago del Servicio de la Deuda Pública programado en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 3.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que hagan sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, bajo su ámbito para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi caciones Presupuestarias” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en este decreto supremo. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de enero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1186862-1 INTERIOR Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 067-2015-IN Lima, 10 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Interior tiene, entre otras, las funciones de producir, coordinar y centralizar la inteligencia estratégica y táctica, relacionada al orden interno, seguridad pública, seguridad ciudadana, crimen organizado y nuevas amenazas de carácter internacional, así como realizar acciones de contrainteligencia en el cumplimiento de sus funciones; Que, según lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, son funciones de la Policía Nacional del Perú, entre otras, el garantizar el cumplimiento de las leyes, cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial y, obtener, custodiar, asegurar, trasladar y procesar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con la prevención e investigación del delito, poniéndolos oportunamente a disposición de la autoridad competente; Que, en el marco de las funciones señaladas, el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú coordinaron con la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción la realización de un viaje a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, con la fi nalidad de desarrollar una agenda de trabajo vinculada con el ejercicio de sus competencias funcionales relativas a la participación del ciudadano Martín Antonio Belaunde Lossio, en los casos comprendidos en la Carpeta Fiscal Nº 20-2014 por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Colusión Simple y Agravada, Negociación Incompatible, Tráfi co de Infl uencias y Asociación Ilícita, y en el Expediente Nº 160-2014 por la presunta comisión del delito de Peculado en calidad de cómplice secundario y coautor del delito de Asociación Ilícita, ambos casos en agravio del Estado peruano, quien además se encuentra solicitando refugio en el Estado Plurinacional de Bolivia, la misma que ya se viene llevando a cabo con la presencia de representantes de la Policía Nacional del Perú; Que, en el marco del desarrollo de la referida agenda de trabajo, a fi n de continuar de manera adecuada con las acciones que se vienen adoptando y aquellas que se deban ejecutar en los días siguientes, se ha determinado que resulta pertinente la presencia de un representante adicional de la Policía Nacional del Perú en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, por lo antes expuesto resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del 11 al 31 de enero de 2015, del Coronel PNP Juan Guillermo Rodríguez Bedoya, Ofi cial