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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2015 (17/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544914 viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por los Decretos Supremos N°s. 005-2006-PCM y 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, Jefa de la O fi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 20 al 22 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora 024, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 2 453,78 Viáticos : US$ 1 110,00(2 días de evento + 1 día de instalación y traslado - US$ 370.00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1189774-5 Aprueban “Lineamientos para Implementar las Acciones de Soporte Pedagógico en Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas” y Norma Técnica RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 007-2015-MINEDU Lima, 16 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, el artículo 10 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, modi fi cado por la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 29973, establece que para lograr la universalización, calidad y equidad en la educación, se adopta un enfoque intercultural e inclusivo, y se realiza una acción descentralizada, intersectorial, preventiva, compensatoria y de recuperación que contribuya a igualar las oportunidades de desarrollo integral de los estudiantes y a lograr satisfactorios resultados en su aprendizaje; Que, el artículo 79 de la referida Ley, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el Objetivo Estratégico N° 2 del Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED, está referido a estudiantes e instituciones que logran competencias fundamentales para su desarrollo personal y el progreso e integración nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0369-2012- ED se aprobaron las prioridades de la Política Educativa Nacional 2012-2016, estableciendo como primera política priorizada, los aprendizajes de calidad para todos, con énfasis en comprensión lectora, matemáticas, ciencia y ciudadanía; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4 del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, la política priorizada señalada en el párrafo precedente tiene dos Objetivos Estratégicos, siendo el primero de ellos mejorar signi fi cativamente los logros de los estudiantes de educación básica, con énfasis en comprensión lectora, matemática, ciencia y ciudadanía; Que, mediante Informe N° 001-2015-MINEDU- VMGP-DIGEBR-DEP la Dirección de Educación Primaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos para Implementar las Acciones de Soporte Pedagógico en Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas”, en los cuales se indica que dichas acciones de soporte pedagógico tienen como fi nalidad generar condiciones en el ámbito educativo que permitan incidir en la disminución del atraso escolar y la conclusión oportuna de los estudiantes del nivel primario, garantizando la continuidad en la educación secundaria y superior, mediante el logro de competencias comunicativas, matemáticas, ciudadanas y desarrollo personal en el nivel primario; Que, con la fi nalidad de permitir la contratación de personal idóneo para la implementación de dichas acciones, mediante Informe N° 002-2015-MINEDU-VMGP-DIGEBR-DEP la referida Dirección sustenta la necesidad de aprobar las “Normas para la Selección y Contratación de Docentes Fortaleza y Acompañantes de Soporte Pedagógico para la Implementación de las Acciones de Soporte Pedagógico en las Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas”; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación”; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 021-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar los “Lineamientos para Implementar las Acciones de Soporte Pedagógico en Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas” y la Norma Técnica denominada “Normas para la Selección y Contratación de Docentes Fortaleza y Acompañantes de Soporte Pedagógico para la Implementación de las Acciones de Soporte Pedagógico en las Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas”, los mismos que como Anexos forman parte de la presente resolución. Artículo 2 º.- Encargar a la Dirección de Educación Primaria del Ministerio de Educación, las Direcciones