TEXTO PAGINA: 44
El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544930 acciones realizadas durante el viaje, así como presentar un informe al Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1189724-1 SALUD Autorizan viaje de Viceministro de Salud Pública a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2015-SA Lima, 16 de enero del 2015CONSIDERANDO:Que, en la ciudad de Seúl, República de Corea, se llevará a cabo del 22 al 23 de enero de 2015, la reunión ministerial entre el Ministro de Salud y Bienestar de la República de Corea y el Ministro de Salud de la República del Perú, a fi n de tratar sobre asuntos de mutuo interés con miras a producir resultados tangibles en temas de cooperación bilateral, entre otros, la construcción de un Centro de Trasplante y Donación de Órganos; Que, a través de la comunicación KE/PRO/14-549, de fecha 30 de diciembre de 2014, la Embajada de la República de Corea en el Perú alcanza la invitación del Ministro de Salud y Bienestar de la República de Corea dirigida al Ministro de Salud de la República del Perú para visitar dicho país a efectos de sostener una reunión de trabajo y realizar actividades sobre temas de interés común, con la fi nalidad de fortalecer la relación de cooperación entre ambos países, en el marco del Memorando de Entendimiento suscrito entre los Ministerios de Salud y Bienestar de la República de Corea y el Ministerio de Salud en materia de salud y ciencias de la salud en el mes de marzo del año 2014; Que, la realización de las actividades antes señaladas tiene como objetivos, entre otros, ampliar la agenda de cooperación bilateral y asistencia técnica con la República de Corea en el ámbito de la salud; visitar las instalaciones del Centro de Control de Enfermedades de Corea y revisar la propuesta de creación de una entidad similar en nuestro país; revisión de la propuesta de servicios de transferencia tecnológica para la producción de medicamentos y biológicos con representantes del Instituto de Desarrollo de la Industria de Salud de Corea - KHIDIS; evaluación de la participación de la República de Corea en el programa de Alta Vigilancia Sanitaria; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, según lo establecido por el literal a) del artículo 11 del Decreto Legislativo citado, el Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud, tiene entre sus funciones, formular, proponer, implementar, ejecutar, evaluar y supervisar la política de salud pública, orientadas al mediano y largo plazo, así como a las intervenciones de promoción y protección de la salud de la población, de conformidad con la respectiva política nacional de salud; Que, en mérito a lo expuesto, atendiendo a la temática e importancia de los eventos señalados en los considerandos precedentes, resulta necesaria la participación del Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud en los mismos, siendo de interés nacional autorizar el viaje al exterior del citado funcionario;Que, según lo señalado por la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud mediante Memorando Nº 025-2015-OGA/MINSA, los gastos de viaje al exterior del señor Viceministro de Salud Pública por concepto de pasajes y viáticos para participar en los eventos antes señalados serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del citado ministerio; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del médico cirujano Percy Luis Minaya León, Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 20 al 24 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001, del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje aéreos (tarifa económica, incluido TUUA) : US$ 5,387.00- Viáticos por 3 días (US$ 500 x día) : US$ 1,500.00 ------------------- TOTAL : US$ 6,887.00 Artículo 3°.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, el Viceministro de Salud Pública presente al Ministro de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1189773-4 Modifican Directiva N° 051-MINSA/ DIGESA-V .01 “Directiva Sanitaria para la Programación de Plaguicidas Utilizados en Prevención y Control de Insectos Vectores de Enfermedades Metaxénicas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2015/MINSA Lima, 14 de enero del 2015