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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2015 (21/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Miércoles 21 de enero de 2015 545104 en la XIX Ronda de Grupos Técnicos de la Alianza del Pacífico, precisando que el CONCYTEC representa al Perú en las negociaciones de los temas de política e innovación, que se disertan en el Grupo Técnico de Innovación de la Alianza del Pacífico; Que, mediante Informe N° 001-2015-CONCYTEC- DPP-SDITT, de fecha 16 de enero del 2015, el Sub Director de Innovación y Transferencia Tecnológica informa que la participación del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, servidor de la referida Sub Dirección, en la XIX Ronda de Grupos Técnicos de la Alianza del Pacífico, forma parte del proceso de negociación que conllevará la suscripción de acuerdos comerciales en el contexto del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico; Que, los Literales h) e i) del Artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007-ED, establecen como función del CONCYTEC, promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país, así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, con otras entidades del exterior; por lo que resulta necesario autorizar el viaje del servidor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 20 al 23 de enero del 2014, para participar en el evento antes señalado; Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; salvo casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, los cuales se aprueban por Resolución del Titular de la Entidad; Que, por las razones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, servidor de la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para participar en la XIX Ronda de Grupos Técnicos de la Alianza del Pacífico; para tal efecto, los gastos que irrogue el viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC; de igual manera, resulta necesario encargar las funciones que ejerce dicho servidor, en tanto dure su ausencia; Con el visto del Secretario General, de la Directora de la Dirección de Políticas y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Jefe de la Oficina General de Administración, y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino, servidor de la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 20 al 23 de enero del 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuará con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (Incluidos TUUA) : US $ 921.96 Viáticos (x 2 días + 1 día de instalación) : US $ 1 110.00 Total : US $ 2 031.96 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido servidor deberá presentar ante la Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a la exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Encargar las funciones de la Dirección de Investigación y Estudios al señor Antón Sebastián Willems Delanoy, Sub Director (e) de Innovación y Transferencia Tecnológica, en tanto dure la ausencia del señor Omar Saúl Corilloclla Terbullino. Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo 7°.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1190468-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2015-INGEMMET/SG-OAJ Mediante Oficio Nº 009-2015-INGEMMET-OAJ, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 001-2015-INGEMMET/SG-OAJ, publicada en la edición del día 15 de enero de 2015. DICE: VISTO, el Memorando Nº 017-2015-INGEMMET/ DCM, de fecha 12 de enero de 2015 formulado por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero del año 2015. DEBE DECIR: VISTO, el Memorando Nº 017-2015-INGEMMET/ DCM, de fecha 12 de enero de 2015 formulado por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre del año 2014. 1189841-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Disponen la continuidad de la ejecución de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, durante el año 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 02-2015-INEI Lima, 16 de enero de 2015