Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2015 (27/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Martes 27 de enero de 2015

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o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participacion del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia despues de la fecha programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situacion de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo previsto en el articulo 23º de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.-Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios, a la MORDAZA de Cordoba ­ Republica MORDAZA, del Personal Militar FAP que se detalla a continuacion, para que participe en el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingenieria Aeronautica" y en el curso de nivelacion, que se realizara en el Instituto Universitario Aeronautico, del 02 de febrero de 2015 hasta el 23 de diciembre de 2019; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 01 de febrero de 2015 y su retorno el 24 de diciembre de 2019:
MORDAZA FAP NSA O-9786709 KATHIA MORDAZA MORDAZA DNI Nº 46556673 (Titular)

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a MORDAZA, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 023-2015-DE/FAP
MORDAZA, 26 de enero de 2015 Visto el Acta de Acuerdos de la XIII Reunion Bilateral entre el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea MORDAZA de fecha 11 de MORDAZA de 2014, la Carta de fecha 17 de diciembre de 2014 y el Fax Nº 37 de fecha 05 de enero de 2015 del Director de Politicas y Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea MORDAZA, y el Oficio NC-50-CEPE-Nº 0015 de fecha 06 de enero de 2015 del Comandante de Educacion de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aerea del Peru mantiene una permanente e historica relacion de amistad con la Fuerza Aerea MORDAZA, lo que permite a nuestra Institucion realizar el intercambio de Oficiales, la observacion y el aprendizaje sobre los adelantos que la citada Fuerza Aerea ha logrado en las ciencias aeronauticas, en los MORDAZA academico, doctrinario y tecnologico; Que, en la Actividad Nº 8 del Anexo MORDAZA del Acta de Acuerdos de la XIII Reunion Bilateral entre el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea MORDAZA de fecha 11 de MORDAZA de 2014, se establece que la Fuerza Aerea MORDAZA ofrece una vacante para que un Oficial de la Fuerza Aerea del Peru participe en el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingenieria Aeronautica", a realizarse en la MORDAZA de Cordoba Republica Argentina; Que, con la Carta de fecha 17 de diciembre de 2014 y el Fax Nº 37 de fecha 05 de enero de 2015, el Director de Politicas y Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea MORDAZA comunica que el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingenieria Aeronautica", se realizara en el Instituto Universitario Aeronautico, del 02 de marzo de 2015 hasta el 23 de diciembre de 2019, debiendo participar el personal designado en un curso de nivelacion a partir del 02 de febrero de 2015; Que, la Fuerza Aerea del Peru como parte de su politica institucional y en funcion a su especialidad y a los cargos desempenados, ha designado al Personal Militar que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el curso mencionado en los considerandos precedentes; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la MORDAZA de Cordoba ­ Republica MORDAZA, del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingenieria Aeronautica" y en el curso de nivelacion respectivo; por cuanto permitira incrementar las competencias del personal designado en la solucion de problemas relacionados con la aeronautica, desde la perspectiva del aseguramiento de la calidad de los productos, procesos y servicios, y de la investigacion y el desarrollo tecnologico, redundando en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Mision de Estudios MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 02 de febrero al 31 de diciembre de 2015, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y el pago correspondiente a los anos posteriores sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal que corresponda; Que, el MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b)

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