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El Peruano Martes 27 de enero de 2015 545532 Artículo 3.- Principios y Valores Para el ejercicio de sus funciones SALUDPOL recoge los principios del aseguramiento universal en salud, asimismo se orienta por los valores y principios que rigen el Sistema Nacional de Salud del Perú, el Régimen de Salud de la PNP y los aplicados a la Administración y Gestión Pública. CAPÍTULO II NATURALEZA Y FUNCIONES DEL SALUDPOL Artículo 4.- Naturaleza del SALUDPOLSALUDPOL es una persona jurídica de derecho público interno, con calidad de administradora de fondos intangibles de salud, dependiente del Ministerio del Interior, que cuenta con autonomía administrativa y contable, y tiene como fi nalidad recibir, captar y gestionar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud dirigidas al personal de la PNP y sus familiares derechohabientes, a través de una cobertura de los riesgos de salud. Artículo 5.- Funciones del SALUDPOL Son funciones del SALUDPOL la administración de los recursos para: a. Captar y administrar los aportes del Estado dirigidos al aseguramiento en salud de sus bene fi ciarios. b. Establecer y fi nanciar los planes de salud, dirigidos a sus bene fi ciarios, según los estudios matemático actuariales elaborados por SALUDPOL. c. Financiar al Régimen de Salud de la PNP de conformidad con la normativa vigente. d. Suscribir convenios o contratos con IPRESS públicas o privadas, conforme a la normativa de la materia, de servicios asistenciales requeridos para complementar oportunamente la oferta de salud de la Dirección Ejecutiva de Sanidad (DIREJESAN) de la PNP. e. Suscribir convenios con IAFAS públicas, mixtas o privadas, conforme a la normativa de la materia. f. Suscribir convenios con instituciones públicas en el ámbito nacional e internacional para el fortalecimiento de la gestión administrativa del SALUDPOL. g. Suscribir convenios o contratar servicios médicos especializados en el extranjero, de acuerdo a la normatividad previamente aprobada por el Directorio. h. Contratar servicios de asesoría, auditoría y consultoría en asuntos administrativos, informáticos, de gestión y en general, en cualquier materia que permita el mejoramiento continuo para una atención oportuna y de calidad. i. Administrar los bienes muebles e inmuebles del SALUDPOL. j. Administrar el Registro de Bene fi ciarios, conforme al presente Reglamento. k. Organizar los procesos y procedimientos para el acceso de los bene fi ciarios del SALUDPOL a los servicios de salud de las IPRESS contratadas o en convenio. l. Garantizar el acceso y la cobertura de servicios de salud a los bene fi ciarios de SALUDPOL. m. Administrar los fondos del SALUDPOL procurando su rentabilidad, seguridad y equilibrio fi nanciero, dentro del marco legal correspondiente. n. Efectuar estudios de riesgos para determinar los costos de los servicios y tarifario. o. Efectuar los estudios económicos y fi nancieros necesarios para la mejor administración del fondo del SALUDPOL. p. Establecer y efectuar procedimientos para evaluar la calidad de los servicios de salud que se brindan a los bene fi ciarios del SALUDPOL. q. Establecer y efectuar mecanismos de control de las prestaciones de salud brindadas a los bene fi ciarios del SALUDPOL. TÍTULO II DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SALUDPOL CAPÍTULO I DEL DIRECTORIO Artículo 6.- El DirectorioEl Directorio es el máximo órgano de dirección y conducción del SALUDPOL. Le corresponde establecer las políticas de la institución y supervisar la aplicación de las mismas. Está integrado por los siguientes miembros, quienes deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley: a. Dos Directores designados por el Ministerio del Interior, uno de ellos lo presidirá. b. Un Director a propuesta de la Dirección General de la PNP. c. Un Director designado por el Ministro de Economía y Finanzas. d. El Director Nacional de Gestión Institucional de la PNP. e. El Director Ejecutivo de la DIREJESAN de la PNP. Depende del Despacho Ministerial del Interior y es formalizado por Resolución Ministerial del Sector. Artículo 7.- Directores asignados por cargos en la PNP El cambio de colocación o Pase a la Situación de Retiro de los Directores considerados en los literales d) y e) del artículo 5 de la Ley generará la inmediata recomposición del Directorio, considerando a los O fi ciales Generales PNP designados en dichos cargos. Artículo 8.- Funciones del Directorio Son funciones del Directorio las siguientes: a. Establecer las políticas y objetivos para garantizar la atención integral de la salud de los bene fi ciarios del SALUDPOL, en concordancia con los lineamientos de política institucional, en el marco de la normatividad vigente. b. Aprobar el Plan Estratégico, Plan Operativo, Plan Anual de Contrataciones, Presupuesto Institucional, Plan Anual Financiero, Balance de Gestión y la Memoria Anual del SALUDPOL c. Supervisar las actividades administrativas, económicas, contables y fi nancieras del SALUDPOL. d. Aprobar los instrumentos de gestión administrativa, fi nanciera y logística del SALUDPOL en concordancia a las leyes de la materia. e. Aprobar la propuesta de capacitación de recursos humanos elevada por la Gerencia General, en materias inherentes a las funciones del SALUDPOL. f. Informar al Titular del Sector Interior sobre la marcha administrativa, económica y fi nanciera del SALUDPOL. g. Aprobar las colocaciones fi nancieras del SALUDPOL, de conformidad al presente Reglamento. h. Aprobar la suscripción de contratos y convenios, a propuesta de la Gerencia General. i. Conducir las relaciones del SALUDPOL con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras. j. Designar al Gerente General y aprobar a propuesta del Gerente General la designación de los gerentes y jefes de o fi cina. k. Delegar en el Gerente General las facultades necesarias para el funcionamiento del fondo. l. Otras inherentes a su función directiva. Artículo 9.- Funciones del Presidente del Directorio Son funciones del Presidente del Directorio: a. Representar al Directorio. b. Convocar y presidir las sesiones del Directorio.c. Velar por el cumplimiento de sus acuerdos. d. Presentar ante el Titular del Sector Interior la Memoria Anual del SALUDPOL dentro de los sesenta (60) días de terminado cada ejercicio fi scal. e. Otras funciones que le asigne el Directorio. Artículo 10.- De las obligaciones de los integrantes del Directorio. Son obligaciones de los integrantes del Directorio: a. Participar en las sesiones del Directorio, con derecho a voz y voto. b. Integrar las Comisiones que disponga el Directorio.c. Mantenerse informados de la marcha administrativa, económica, contable y financiera del SALUDPOL. d. Velar que los fondos destinados al fi nanciamiento de las prestaciones de salud cumplan con su fi nalidad. Artículo 11.- Sesiones y acuerdos del Directorio a. El Presidente del Directorio convocará a sesión ordinaria a través de la Gerencia General. El Presidente o