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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2015 (27/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Martes 27 de enero de 2015 545538 la DIREJESAN PNP, acorde a su respectivo sistema de fi nanciamiento Artículo 4.- Usuarios del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú Son usuarios del Régimen de Salud de la PNP todos los bene fi ciarios debidamente acreditados ante SALUDPOL y otros demandantes de atención en salud, según convenioso compromisos autorizados por la instancia correspondiente. Artículo 5.- De la salud policial Las IPRESS de la PNP tendrán a su cargo el conjunto de prestaciones de salud de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, recuperación y rehabilitación de los bene fi ciarios del Régimen de Salud de la PNP, en condiciones adecuadas de e fi ciencia, e fi cacia, equidad, oportunidad, calidad, derecho y dignidad, de acuerdo a la disponibilidad de fi nanciamiento de SALUDPOL. El personal policial con discapacidad por acción de armas, acto de servicio, como consecuencia o con ocasión del servicio estará sujeto, además del presente Decreto, a lo dispuesto por la normatividad aplicable a la protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y PNP. Artículo 6.- Componentes Son componentes del Régimen de Salud de la PNP los siguientes: a. La DIREJESAN PNP. Es la Unidad de Gestión de las IPRESS de la PNP. b. IPRESS PNP Son las IPRESS integrantes de la red prestacional de la PNP, autorizadas para brindar servicios de salud. c. SALUDPOL Es la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud encargada de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud y ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus bene fi ciarios. TÍTULO II RÉGIMEN DE SALUD DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ CAPÍTULO I INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Artículo 7.- Red Prestacional de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú Es el sistema de organización de las IPRESS de la PNP, con niveles de complejidad e interacción permanente entre sus integrantes. Artículo 8.- Niveles de Complejidad de la Red Prestacional de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú De acuerdo al comportamiento de la demanda de servicios de salud, se reconocen tres niveles de complejidad: a) Primer Nivel de Atención:Es la puerta de entrada de la población al sistema de salud, en donde se desarrollan principalmente actividades de promoción de la salud, prevención de riesgos y control de daños a la salud, diagnóstico precoz y tratamiento oportuno, teniendo como eje de intervención las necesidades de salud más frecuentes de la persona, familia y comunidad y basándose en el modelo de Medicina Familiar y Comunitaria. El grado de severidad y magnitud de los problemas de salud de este nivel plantea la atención de una oferta de gran tamaño y de baja complejidad; además, se constituye en el facilitador y coordinador del fl ujo del usuario dentro del sistema. En este nivel se encuentran las IPRESS organizadas en redes locales en el siguiente orden de complejidad, de menor a mayor: Puestos Sanitarios, Postas Médicas y Policlínicos. En las Regiones de Sanidad que no cuentan con Hospitales Regionales o Locales, los Policlínicos de mayor capacidad resolutiva son la cabecera de la Red de Sanidad de dicha Región de Sanidad. b) Segundo Nivel de Atención: En este nivel se complementa la Atención Integral iniciada en el nivel precedente, agregando un grado de mayor especialización tanto en recursos humanos como tecnológicos, brindando un conjunto de servicios de salud dirigidos a solucionar los problemas de las personas referidas del primer nivel de atención o aquellas que por urgencia o emergencia acudan a los establecimientos de salud de este nivel. Además, realiza actividades preventivas promocionales, según corresponda. En este nivel se encuentran los Hospitales Regionales, Hospitales Locales eIPRESS Especializadas.En las Regiones de Sanidad con Hospitales Regionales, estos son la cabecera de la Red de Sanidad de dicha Regióny cabecera de referencia macro-regional. c) Tercer Nivel de Atención: Es el nivel de mayor especialización y capacidad resolutiva en cuanto a recursos humanos y tecnológicos dirigidos a la solución de las necesidades de salud que son referidas de los niveles de atención precedentes, así como aquellas personas que acudan a los establecimientos de este nivel por razones de urgencia o emergencia. Además, realiza actividades preventivas promocionales, según corresponda. En este nivel se encuentra el Hospital Nacional que es el centro de referencia para todos los establecimientos de Salud de la PNP. Las relaciones entre los diferentes niveles de la red prestacional se desarrollan bajo los mecanismos de referencia y contrarreferencia. Artículo 9.- IPRESS Hospitales Las IPRESS Hospitales son los órganos encargados de desarrollar actividades de prestaciones de salud de la más alta complejidad en el Régimen de Salud de la PNP. Artículo 10.- IPRESS Hospital Nacional“Luis N. Sáenz” El Hospital Nacional es el órgano encargado de desarrollar actividades de prestaciones de salud de la más alta complejidaden el Régimen de Salud de la PNP. Asimismo, realiza actividades de docencia, capacitación e investigación cientí fi ca. El Jefe de la IPRESS Hospital Nacional “Luis N. Sáenz”es un O fi cial de Servicios Médico con el grado de General. El Hospital Nacional “Luis N. Sáenz” realiza las siguientes actividades: a. Brindar atención médica y no médica de la más alta complejidad en el Régimen de Salud de la PNP,mediante atenciones en todas las especialidades de consulta externa, apoyo al diagnóstico y al tratamiento, hospitalización y procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos. b. Brindar atenciones de urgencias y emergencias. c. Realizar actividades de un Banco de Sangre de la más alta complejidad en el Régimen de Salud de la PNP. d. Dispensar medicamentos, material biomédico e insumos, preparar fórmulas magistrales, brindar nutrición asistida, farmacología clínica, farmacovigilancia y otras actividades de farmacia de la más alta complejidad. e. Plani fi car, desarrollar y monitorear los programas de investigación, capacitación y docencia que se desarrollan en él. f. Desarrollarse como centro docente asistencial brindando formación y especialización a los alumnos, residentes o pasantes de técnicos y de todas las profesiones de la salud, en coordinación con las Universidades y otras entidades de salud, regulado por la O fi cina de Gestión del Conocimiento de la DIREJESAN PNP, contando con auditorios, aulas y una biblioteca física y virtual. g. Constituirse en un Centro de Investigación reconocido por el Instituto Nacional de Salud para conducir ensayos clínicos controlados. h. Realizar la referencia y contrarreferencia interna o externa de los usuarios a las IPRESS de acuerdo al nivel de atención requerido. i. Realizar en forma complementaria actividades de promoción y prevención de la salud. j. Garantizar el bienestar de los clientes externos e internos a través de servicios complementarios adecuados y atender las solicitudes de alimentación para el personal movilizado para la atención de urgencias, emergencias y operativos policiales de larga duración. Artículo 11.- IPRESS Hospitales Regionales y Locales Los Hospitales Regionales de la PNP son los órganos encargados de desarrollar actividades de prestaciones de