Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2015 (27/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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el Decreto Legislativo N°1149, Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru. QUINTA.- Adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior El Ministerio del Interior adecuara su Reglamento de Organizacion y Funciones de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. DECRETA:

El Peruano Martes 27 de enero de 2015

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Comision de transferencia del FOSPOLI a SALUDPOL En un plazo no mayor a quince (15) dias contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el Titular del Sector Interior emitira la Resolucion Ministerial formalizando la creacion de la Comision de Transferencia de los bienes, acervo documentario, activos y pasivos correspondientes al ex Fondo de Salud para el personal de la Policia Nacional del Peru (FOSPOLI) al SALUDPOL. SEGUNDA.- Atencion por enfermedades raras o huerfanas Los beneficiarios que en la actualidad reciban atencion por enfermedades raras o huerfanas, incluidas en el listado aprobado por el Ministerio de Salud, mantendran la cobertura hasta que se implementen nuevos mecanismos de financiamiento publico. En un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior presentaran al Consejo de Ministros las medidas y acciones que resulten necesarias para garantizar el financiamiento y la atencion a los pacientes portadores de enfermedades raras o huerfanas del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru. TERCERA.- De la continuidad de los requisitos y formatos para las prestaciones a los beneficiarios En tanto se aprueben los procedimientos y normas internas del SALUDPOL, las IPRESS PNP continuaran brindando las atenciones de salud a los beneficiarios del SALUDPOL, con los procedimientos, requisitos y formatos exigidos MORDAZA de la vigencia de la presente norma.

Articulo 1.- Aprobacion Aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1175, Ley del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru, el mismo que consta de seis (6) Titulos, ocho (8)Capitulos y cuarenta y cuatro(44) Articulos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales y once (11) Disposiciones Complementarias Transitorias, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Financiamiento La implementacion de las acciones senaladas en el presente Decreto Supremo y el Reglamento que se aprueba seran financiadas con cargo al presupuesto asignado a la Direccion Ejecutiva de Sanidad de la Policia Nacional del Peru (DIREJESAN PNP)y con las transferencias del Fondo de Aseguramiento en Salud(SALUDPOL),sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y conforme a las disposiciones legales vigentes. Articulo 3.- Implementacion del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru Autoricese al Ministerio del Interior para que, mediante Resolucion Ministerial, proceda a dictar las disposiciones necesarias destinadas a dotar de todos los recursos materiales, tecnicos y de personal que resulten necesarios para la adecuada implementacion y puesta en funcionamiento del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes. Articulo 4.- Vigencia del Reglamento El Reglamento aprobado por el presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

1193296-2

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1175, Ley del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 003-2015-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 168° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru se rigen por sus propias leyes y reglamentos; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1175 se aprobo la Ley del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru, que tiene por objeto regular el regimen de salud del personal policial y familiares derechohabientes; regulando la organizacion, competencias, funciones, financiamiento, niveles de coordinacion y relacion organizacional de la Direccion Ejecutiva de Sanidad (DIREJESAN PNP) y el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policia Nacional del Peru(SALUDPOL) con las diferentes unidades organicas de la Policia Nacional del Peru y las entidades de salud de los sectores publicos, privados o mixtos; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1175 dispone que el Poder Ejecutivo, en un plazo de ciento veinte (120) dias, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior y el Ministro de Salud, aprobara el Reglamento del citado Decreto Legislativo; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo;

REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1175, LEY DEL REGIMEN DE SALUD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.- Objeto El presente reglamentotiene por objeto regular y desarrollar la Ley del Regimen de Salud de la Policia Nacional del Peru, aprobada por Decreto Legislativo N°1175. Articulo 2.- Acronimos 2.1 DIREJEPER PNP: Direccion Ejecutiva de Personal de la Policia Nacional del Peru. 2.2 DIREJESAN PNP: Direccion Ejecutiva de Sanidad de la Policia Nacional del Peru. 2.3 DIRECFIN PNP: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru. 2.4 IAFAS (Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud):Son instituciones o empresas publicas privadas o mixtas que tienen como objetivo la captacion y gestion de fondos para el aseguramiento de las prestaciones de salud incluidas en los planes de aseguramiento en salud. En el Regimen de Salud de la PNP la IAFAS es SALUDPOL. 2.5 IPRESS(Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud):Son instituciones o empresas publicas, privadas o mixtas, que tienen como objetivo la prestacion de servicios de salud. En el regimen de salud de la PNP, las IPRESS son los diferentes establecimientos de salud de la PNP.

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