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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2015 (30/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015 545874 Estos actos se publican en el portal institucional de la ONPE. Artículo 39°.- Material electoral a utilizarse Para la realización de la Asamblea de Delegados la ONPE elaborará, entre otros el siguiente material: 1. Cédula de sufragio. 2. Actas electorales. 3. Lista de electores. 4. Cartel de delegados/candidatos.5. Cartel de resultados.6. Hoja borrador.7. Acta de sorteo para el desempate. Artículo 40°.- Contenido de la cédula de sufragio La cédula de sufragio a utilizar contendrá los nombres, apellidos, fotografía de todos los delegados/candidatos y el Colegio Profesional al que representa, elegidos en la primera etapa. Artículo 41°.- Procedimiento de ubicación de los candidatos en la Cédula de Sufragio El orden de ubicación de delegados/candidatos será determinado por el siguiente procedimiento: 1. Se ordena alfabéticamente a los candidatos. 2. De acuerdo a este orden se les asigna un número correlativo en orden ascendente comenzando con el número 1 hasta completar la numeración de todos los candidatos. 3. Se utilizan bolillos que se identi fi can con los números que corresponden al orden alfabético de los candidatos, los cuales se introducen en el bolillero. 4. Los bolillos son mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero. El notario público da conformidad de ello. 5. Al candidato que le corresponde el primer bolillo extraído se le asignará la primera ubicación en la parte superior de la cédula de sufragio, al que le corresponda el segundo bolillo ocupará la segunda ubicación y así correlativamente. 6. Simultáneamente el colaborador de la ONPE registra en una computadora los resultados obtenidos y los muestra al público asistente. 7. El Notario Público da conformidad a los resultados de ubicación obtenidos. Artículo 42°.- Conformación de las mesas de sufragio La ONPE designará como miembros de mesa de sufragio a tres representantes titulares y tres suplentes, de acuerdo a la excepción dispuesta en el segundo párrafo del artículo 20° del Reglamento. Artículo 43°.- Pasos de la votación1. El elector se identi fi cará ante la mesa de sufragio con su DNI o carné de extranjería. 2. Recibe la cédula de sufragio y se dirige a la cámara secreta. 3. Marca hasta dos opciones de su preferencia en la cédula de sufragio y la deposita en el ánfora. 4. Firma y coloca su impresión dactilar en la lista de electores. 5. Los miembros de mesa devuelven el documento de identidad al elector. Artículo 44°.- Escrutinio de votos Finalizado el sufragio los miembros de mesa realizan el conteo de votos, los delegados que obtengan las dos votaciones más altas serán elegidos como consejeros titulares. El delegado quien obtenga la tercera votación más alta será el primer suplente, el delegado que obtenga la cuarta votación más alta será elegido segundo suplente. Artículo 45°.- Posibilidad de empate De darse un empate entre los delegados más votados y de ser necesario, los miembros de mesa realizarán un sorteo, asignándose los cargos en orden de prelación desde el cargo de titular hasta el de suplente, de corresponder. Este sorteo se realizará asignándose un bolillo numerado a cada uno de los candidatos que hayan obtenido igual votación. Estos bolillos son ingresados a un bolillero.El presidente de mesa extrae un bolillo. El candidato al que corresponde este bolillo obtendrá el cargo respectivo. Este procedimiento se realizara tantas veces como sea necesario hasta de fi nir los empates presentados. Se dejará constancia de este acto en el acta correspondiente. Artículo 46°.- Causales de nulidad de la votación Se declarará la nulidad de la votación cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos emitidos. En este caso se realizará una nueva votación, procediéndose conforme al presente capítulo, si persiste la nulidad se procederá a realizar una nueva Asamblea de Delegados dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes. En dicho acto se establece: día, hora y lugar de realización de la Nueva Asamblea de Delegados, además de noti fi carse a los delegados que se encuentren presentes y, por el procedimiento regular de noti fi cación, a los ausentes. DISPOSICIÓN FINAL Única Disposición.- Para la veri fi cación de fi rmas se aplicará de manera supletoria el Reglamento de Veri fi cación de Firmas de Listas de Adherentes de la ONPE, en lo que corresponda. 1194498-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de oficinas bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación ubicados en los departamentos de Cusco, Puno y Apurímac RESOLUCIÓN SBS Nº 505-2015 Lima, 21 de enero del 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una o fi cina bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en la Plaza de Armas S/N, Centro Cívico Combapata, en el distrito de Combapata, provincia de Canchis y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el uso del referido local compartido; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013 y modi fi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una o fi cina