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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2015 (31/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545908 regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002- 2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Giacomo Antonio MOROTE Somontes, CIP. 00003517, DNI. 45193008, para que participe en el Curso de Capacitación en Meteorología para O fi ciales, a impartirse en la Escuela de Ciencias del Mar, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 3 de febrero al 11 de diciembre de 2015; así como, autorizar su salida del país el 2 de febrero y su retorno el 12 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 207.50 US$. 207.50 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 4,926.36 / 28 x 26 días (febrero 2015) US$. 4,574.48US$. 4,926.36 x 9 meses (marzo - noviembre 2015) US$. 44,337.24US$. 4,926.36 / 31 x 11 días (diciembre 2015) US$. 1,748.06 Gastos de Traslado (ida y retorno): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 4,926.36 x 2 compensaciones US$. 9,852.72 --------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 60,720.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El O fi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El citado O fi cial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1195731-4 Autorizan viaje de Sub Director y Jefe de la Oficina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2015-DE/ Lima, 30 de enero de 2015Visto el O fi cio Nº 006-2015/ENAMM/OAJ de fecha 07 de enero de 2015 del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; CONSIDERANDO:Que, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval del Perú en Brasil, mediante O fi cio Nº V.1000-298 de fecha 17 de diciembre de 2014, ha cursado invitación para una visita protocolar al Centro de Instrucción “Almirante Graca Aranha” - CIAGA, con la fi nalidad de realizar coordinaciones con los Directores del Centro de Instrucción académica del nivel superior con sede en Río de Janeiro – Brasil, para la implementación y adecuación de programas académicos con miras a la fi rma de un Convenio de Cooperación Académica y de Instrucción, que conduzcan a viabilizar programas de apoyo en bene fi cio de la calidad educativa de este Centro Superior de Estudios en la condición de becados; Que, el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Hugo Harold VALLES Iglesias y Capitán de Corbeta ADM. Enrique Niels ROJAS Villagómez, Sub Director y Jefe de la O fi cina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la Ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, contempla las reuniones de coordinación para la suscripción de un convenio académico entre ambas instituciones y estrechar lazos de cooperación interinstitucional de índole académico y contribuir en la enseñanza marítima. Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de los o fi ciales en mención, pues contribuirá a viabilizar programas de apoyo en bene fi cio de la calidad educativa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora 008 (ENAMM), de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior