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El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545925 OSITRAN, que aprueba el Informe N° 027-14-GRE- GSF-GAJ-OSITRAN, en el cual se emite opinión técnica respecto a la propuesta de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión; Que, mediante O fi cio N° 2798-2014-MTC/25 de fecha 22 de diciembre de 2014, la Dirección General de Concesiones en Transportes remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, el proyecto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión y el Informe N° 1350-2014- MTC/25 que lo sustenta técnica, económica, fi nanciera y legalmente, recogiendo lo opinado por OSITRAN; Que, mediante O fi cio N° 048-2014-EF/68.01 de fecha 29 de diciembre de 2014, el Ministerio de Economía y Finanzas solicitó información complementaria, respecto al proyecto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión; Que, con O fi cio N° 151-2015-MTC/25 de fecha 15 de enero de 2015, la Dirección General de Concesiones en Transportes remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, el Informe N° 055-2015-MTC/25 de fecha 15 de enero de 2015, que contiene la información solicitada mediante el Ofi cio N° 048-2014-EF/68.01; Que, mediante O fi cio N° 027-2015-EF/15.01 de fecha 22 de enero de 2015, que contiene el Informe Nº 017-2015-EF/68.01, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió su opinión favorable respecto al proyecto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión, sin observaciones de las áreas técnicas del Ministerio; Que, mediante los Informes N° 411-2014-MTC/25, N° 970-2014-MTC/25, N° 1350-2014-MTC/25, N° 055-2015-MTC/25 y N° 078-2015-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes sustenta técnica, económica, fi nanciera y legalmente la propuesta de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión; Que, en atención a la opinión emitida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y la Dirección General de Concesiones en Transportes; corresponde que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la Concesionaria Vial del Perú S.A, en su calidad de Concesionario, celebren la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, consagra el principio de legalidad, señalando que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el artículo 6° que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicación de las políticas nacionales, en armonía con la política general del Gobierno; asimismo, el literal k) del artículo 7 dispone que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que los Viceministros tienen como función especí fi ca aquellas que les delegue el Ministro en el ámbito de su competencia; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el texto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión, así como, autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y el Decreto Supremo N° 127-2014-EF y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobación del texto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión para la Construcción y Explotación del Tramo Vial Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica de la Carretera Panamericana Sur – R01S. Aprobar el texto de la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión para la Construcción y Explotación del Tramo Vial Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica de la Carretera Panamericana Sur – R01S, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorización para suscribir la Adenda N° 6 al Contrato de Concesión para la Construcción y Explotación del Tramo Vial Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica de la Carretera Panamericana Sur – R01S. Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se re fi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1195728-1 Autorizan a Escuela de Conductores Integrales Fórmula 1 S.A.C. la modificación de términos de su autorización contenida en la R.D. Nº 680-2013-MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4780-2014-MTC/15 Lima, 18 de noviembre de 2014VISTOS:Los Partes Diarios Nºs. 177524 y 195381, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C. – ESCIFOR S.A.C., y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 680-2013- MTC/15 de fecha 07 de febrero de 2013, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 09 de marzo de 2013, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES FORMULA 1 S.A.C. – ESCIFOR S.A.C., con RUC Nº 20539506634 y domicilio en: Av. John F. Kennedy Nº 1810, Urb. 200 Millas - Distrito de Paucarpata, Provincia y Dpto. de Arequipa, para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categoría II, y de la Clase B Categoría II-c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de la licencia de conducir de la clase A categoría II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1261- 2014-MTC/15 de fecha 20 de marzo de 2014, se otorgó autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A - Categoría I; Que, mediante Parte Diario Nº 177524 de fecha 02 de octubre de 2014, La Escuela solicitó la modi fi cación de los términos de su autorización, contenida en la Resolución Directoral Nº 680-2013-MTC/15, variando la ubicación del local (o fi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica), que se encuentra ubicado en: Av. John F. Kennedy Nº 1810, Urb. 200 Millas - Distrito de