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El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545919 Nombres y Apellidos Viáticos por día 50% US$N.º de díasTotal Viáticos US$ María Milagros Castañón Seoane 250,00 6 1 500,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1195720-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0067/RE-2015 Lima, 30 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, la XVII Reunión de Alto Nivel (RAN) del Mecanismo de Coordinación y Cooperación CELAC-UE en materia de drogas se llevará a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, los días 11 y 12 de febrero de 2015; Que, el Mecanismo de Coordinación y Cooperación CELAC-UE en materia de drogas tiene como objetivo el fortalecimiento de la cooperación y coordinación, así como el intercambio de información entre autoridades de los países, de ambas regiones, responsables de las políticas de drogas; Que, los tópicos a tratarse en el referido evento son de especial interés para el Perú, principalmente en cuanto a los logros, retos, así como a nuevos y mejores enfoques que puedan contribuir a la lucha contra el problema mundial de las drogas; Que, en el marco de dicha reunión se llevará a cabo, el día 9 de febrero de 2015, la Reunión del Grupo de Seguimiento de los Acuerdos sobre Precursores Químicos y, el 10 de febrero, la “Conferencia bi-regional: 4 años trabajando juntos en el marco de COPOLAD”, organizada por el Programa de Cooperación entre América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas; Que, es necesario que la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores esté debidamente representada en la reunión antes mencionada, a fi n de asegurar un seguimiento diplomático y político adecuado de la posición del Perú en el marco de dicho mecanismo; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º 000102015, del Despacho Viceministerial, de 5 de enero de 2015; y los Memoranda (DGM) N.º DGM1081/2014, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 31 de diciembre de 2014, y (OPR) N.º OPR0013/2015, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 15 de enero de 2015, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N.º 056- 2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Director de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales,a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 9 al 12 de febrero de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto de pasaje aéreo que irrogue la participación del citado funcionario diplomático serán cubiertos por el Programa de Cooperación entre América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas (COPOLAD), por lo cual no ocasionará erogación alguna al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3. Los gastos por concepto de viáticos, por dos días, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$ John Peter Camino Cannock 370,00 2+1 1 110,00 Artículo 4. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exterioresun informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1195720-3 Difunden actualización de personas y entidades sujetas a las medidas establecidas en las Resoluciones 2134 (2014) y 1844 (2008), retirando de las mismas a diversos individuos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0068/RE-2015 Lima, 30 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, publicado el 24 de marzo de 2007, en su art° 2 establece que, en aquellos casos en que el Consejo de Seguridad o sus órganos subsidiarios identi fi quen personas o entidades sujetas al régimen de sanciones previstas en las resoluciones que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el Ministerio de Relaciones Exteriores dará a conocer y actualizará los listados correspondientes a través de Resoluciones Ministeriales a publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que el 31 de diciembre de 2014, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido en virtud de la resolución 2127 (2013), aprobó suprimir una entrada especí fi ca de su lista de personas y entidades sujetas a las medidas establecidas en los párrafos 30 y 32 de la resolución 2134 (2014); y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Difundir para conocimiento y debida observancia, la actualización de personas y entidades