Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2015 (31/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficios Nros. 126 y 127/DRIE/c.2, ambos del 21 de enero de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito del Peru, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 3 de febrero de 2015 al 16 de marzo de 2017, con la finalidad de participar en diversas actividades de instruccion con el Ejercito del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de la Republica Federativa del Brasil detallado a continuacion, con la finalidad de participar en diversas actividades de instruccion con el Ejercito del Peru. 1. Cinco (05) Militares del 3 de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016. 2. Dos (02) Militares del 3 de febrero de 2015 al 31 de enero de 2017. 3. Un (1) Militar del 3 de febrero de 2015 al 16 de marzo de 2017 Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1195705-2

El Peruano Sabado 31 de enero de 2015

Que, con Oficio Nº 261 CCFFAA/D-2/DCI, del 30 de enero de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 2 al 5 de febrero de 2015, con la finalidad de reunirse con miembros de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de Defensa; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a Cinco (05) militares de los Estados Unidos de MORDAZA, del 2 al 5 de febrero de 2015, con la finalidad de reunirse con miembros de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de Defensa. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1195706-1

Modifican la R.D. Nº 1026-2013/DCG, que modifico la R.D. Nº 0630-2011/ DCG, la cual aprobo normas referidas a la exigencia de contar con doble casco por parte de buques que transporten hidrocarburos a granel en MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1284-2014 MGP/DGCG Callao, 22 de diciembre del 2014 Visto, el deficit de Astilleros y las complejidades contractuales que esa situacion demanda para la adaptacion o construccion de buques de Categoria B y C, en buques doble casco que operen en el ambito fluvial y lacustre. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º, numeral (5) y articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 059-2015 DE/SG MORDAZA, 30 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 057 del 28 de enero de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra;

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