Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2015 (07/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 7 de febrero de 2015

546321
Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 200 000,00); remitiendo para tal efecto el Informe N° 003822014/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del pliego Superintendencia Nacional de Salud, en el que se sustenta la disponibilidad de los recursos a ser transferidos por dicho pliego, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, y el Informe N° 021-2015-OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del pliego 011: Ministerio de Salud que valida los citados recursos a ser transferidos; Que, por lo expuesto, corresponde autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, del pliego 134: Superintendencia Nacional de Salud, a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, hasta por la suma de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 7 200 000,00), para los fines indicados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 30.1 y 30.4 del articulo 30 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 200 000,00), del pliego 134: Superintendencia Nacional de Salud, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, destinada a financiar el "Estudio de la percepcion de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo 005-2014-SA", en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 30.1 del articulo 30 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles Gobierno Central 134 : Superintendencia Salud Nacional de

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se aprobo, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 134: Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, el articulo 1 del Decreto Legislativo N° 1158 dispuso las medidas destinadas al fortalecimiento de las funciones que desarrollaba la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones MORDAZA otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la financie; mientras que el articulo 2 del acotado decreto legislativo modifica la denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), por la de Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); por lo que para todo efecto legal, cualquier mencion a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud se entendera referida a la Superintendencia Nacional de Salud; Que, el articulo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la politica integral de compensaciones y entregas economicas del personal de la salud al servicio del Estado, establece una asignacion por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios, como la entrega economica que se otorga una vez al ano, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos publicos, y Gobiernos Regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios; dichas metas, indicadores y compromisos deben redactarse en terminos simples, para su adecuada comprension, y deben ser cuantificables, a efectos de su evaluacion y fiscalizacion; asimismo, la publicacion y difusion de la informacion indicada debe efectuarse a mas tardar el 31 de diciembre del ano anterior al ejercicio presupuestal al que corresponden; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2014-SA, se definieron las metas institucionales, los indicadores de desempeno y los compromisos de mejora de los servicios a cumplir para recibir la entrega economica anual que menciona el articulo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Economicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, estableciendose como responsable de la medicion de indicadores relacionados con la satisfaccion de usuarios y tiempo de espera en consulta externa a la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2014-SA, se introducen precisiones para la evaluacion de indicadores en determinados tipos de hospitales, y se modifica aspectos especificos relacionados a los Anexos 1, 2 y 3 del Decreto Supremo N° 005-2014-SA; Que, en el numeral 30.1 del articulo 30 de la precitada Ley N° 30281 se autoriza a la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 200 000,00), a favor del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), para que realice el "Estudio de la percepcion de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo 005-2014-SA"; para tal fin, en el numeral 30.4 del referido articulo se establece que las modificaciones presupuestarias autorizadas para la aplicacion de, entre otros, el numeral 30.1 MORDAZA referido se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este ultimo; Que, en ese contexto, el Ministerio de Salud, mediante Oficio N° 315-2015-SG/MINSA, propone el proyecto de decreto supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, para financiar el "Estudio de la percepcion de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo 005-2014-SA", en atencion a lo dispuesto en el numeral 30.1 del articulo 30 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el

001 : Oficina General de Administracion

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001921 : Desarrollo de estudios, gestion de informacion y conocimiento 1 : Recursos Ordinarios 7 200 000,00 ------------------7 200 000,00 ========== En Nuevos Soles Gobierno Central 002 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 001 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001973 : Encuesta de establecimientos de salud 1 : Recursos Ordinarios 7 200 000,00 ----------------7 200 000,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

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