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El Peruano Sábado 7 de febrero de 2015 546315 Designan responsables de la entrega de información de acceso público del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 041-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 5 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658, el proceso de modernización del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, prevaleciendo el Principio de Especialidad, integrando funciones y competencias afi nes; Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, señala que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación asegurando que su actividad se realice con arreglo a criterios de efi ciencia, que procuren una gestión que optimice los recursos disponibles, procurando la innovación y el mejoramiento continuo; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 095-2003- PCM y Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a la información que producen o administran las entidades del Estado, a fi n de lograr una mayor transparencia en la gestión pública; Que, el literal b del artículo 3 del referido Reglamento establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, entre otras, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, en este contexto, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 074-2011-AG-AGRO RURAL-DE se designó a la abogada Jeymy Denisse Asmat Mayaute como Responsable de la Entrega de Información de Acceso Público del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; Que, se ha visto conveniente dar por concluida la designación de la Responsable de la Entrega de Información de Acceso Público de AGRO RURAL, debido que ha dejado de prestar servicios a la entidad, siendo necesario designar al servidor que desarrollará dicha función; Con la visación de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 095-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la abogada Jeymy Denisse Asmat Mayaute como Responsable de la Entrega de Información de Acceso Público del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a los Responsables de la Entrega de Información de Acceso Público del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, a las siguientes servidoras: • Abogada HORTENCIA ENRIQUETA GARCIA CORTEZ como responsable Titular • Señora ANA CARMEN CHAVEZ SCOTT como responsable Alterna Artículo 3º.- La responsable designada en artículo precedente observará las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 095- 2003-PCM y Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM y demás normas de la materia. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano así como en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo 1198225-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 001-2015-MINAGRI Mediante Ofi cio Nº 083-2015-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2015-MINAGRI, publicado en nuestra edición del día 29 de enero de 2015. Página 545694 En el artículo 4°, numeral 2.4.2; DICE: “(…) y anti monas, entre otros (…).” DEBE DECIR: “(…) y antimonas, entre otros (…).” Página 545697 En el artículo 15°, primer párrafo; DICE: “(…) deberá presentar la documentación referida en el Anexo 5, según corresponda (…)” DEBE DECIR: “(…) deberá presentar la documentación referida en el Anexo 6, según corresponda (…)” Página 545705 En el artículo 52°, numeral 52.7; DICE: “Las prescripciones agronómicas serán expedidas en original y copia, según modelo del Anexo 11, indicando (…)” DEBE DECIR: “Las prescripciones agronómicas serán expedidas en original y copia, según modelo del Anexo 9, indicando (…)” Página 545705 En el artículo 52°, numeral 52.12; DICE: “(…) bebidas y/o medicamentos de uso humano y animal.”