Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2015 (07/02/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

546326
como sustento del desarrollo humano, la educacion es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria, el Estado provee los servicios publicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estandares internacionales; y, para compensar las desigualdades derivadas de factores economicos, geograficos, sociales o de cualquier otra indole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educacion, el Estado toma medidas que favorecen a segmentos sociales que estan en situacion de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, de acuerdo con el articulo 36 de la referida Ley General de Educacion, la Educacion Basica Regular es la modalidad que MORDAZA los niveles de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria; esta dirigida a los ninos y adolescentes que pasan, oportunamente, por el MORDAZA educativo de acuerdo con su evolucion fisica, afectiva y cognitiva, desde el momento de su nacimiento; Que, el Programa Presupuestal 0091: Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de Educacion Basica Regular, tiene como objetivo cerrar de manera progresiva la brecha de servicios de educacion secundaria a nivel nacional y ampliar la cobertura del 80 % hasta un 86% al 2016; Que, el articulo 16 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, dispone que a partir de la vigencia de la citada Ley, la evaluacion y validacion de las necesidades de nuevas plazas de docentes, personal directivo, personal jerarquico, auxiliares de educacion y personal administrativo de instituciones educativas publicas, por parte del Ministerio de Educacion, se debe realizar sobre la base de un padron nominado de alumnos registrados en el Sistema de Informacion de Apoyo a la Gestion de la Institucion Educativa (SIAGIE), conforme a una distribucion de estas plazas en funcion a la demanda educativa debidamente sustentada y habiendo efectuado previamente una racionalizacion de la asignacion de plazas en el respectivo ambito regional, segun corresponda, en el MORDAZA del sistema de ordenamiento y/o incremento de plazas docentes, implementado conforme al numeral 15.1 del articulo 15 de la Ley Nº 29812; asimismo dispone que los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educacion para su financiamiento son transferidos a los gobiernos regionales correspondientes, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion a propuesta de este ultimo; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposicion Modificatoria de la Ley N° 30281, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboracion de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseno, seguimiento y evaluacion del desempeno en el MORDAZA del presupuesto por resultados; asimismo, las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente numeral solo se aprueban hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal correspondiente; de acuerdo con el ultimo parrafo del referido numeral 80.2, las transferencias previstas en el senalado numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 0141-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educacion solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor de veintiun (21) Gobiernos Regionales; para financiar la contratacion de quinientas tres (503) nuevas plazas de docentes para incrementar la cobertura en el Nivel de Educacion Secundaria; Que, la solicitud alcanzada se sustenta en lo informado por la Direccion de Educacion Secundaria de la Direccion General de Educacion Basica Regular del Ministerio de

El Peruano Sabado 7 de febrero de 2015

Educacion, mediante el Informe Nº 546-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DEI/DES-GPP-0091 y el Memorandum Nº 2660-2014-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES, en el que senala que ha validado quinientas tres (503) nuevas plazas de docentes para incrementar la cobertura en el Nivel de Educacion Secundaria en las instituciones educativas publicas de veintiun (21) regiones del MORDAZA, las mismas que se sustentan, entre otros, en la racionalizacion de la asignacion de plazas en el respectivo ambito regional y en el padron nominado de alumnos registrados en el Sistema de Informacion de Apoyo a la Gestion de la Institucion Educativa (SIAGIE) para incrementar la cobertura en Educacion Inicial, en el MORDAZA del Programa Presupuestal 0091: Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de educacion basica regular; por lo cual solicita el financiamiento de las citadas plazas en los citados Gobiernos Regionales, por el periodo de marzo a diciembre; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe Nº 034-2015-MINEDU/SPE-UP y del Memorando N° 0512015-MINEDU/SPE-UP, senala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 026: Programa Educacion Basica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educacion Basica Regular, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de veintiun (21) pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratacion de nuevas plazas de docentes senaladas anteriormente; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educacion, el monto a transferir a los veintiun (21) pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 140 413,00), para financiar la contratacion de las quinientas tres (503) nuevas plazas de docentes para incrementar la cobertura en el Nivel de Educacion Secundaria; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 8 140 413,00), para financiar la contratacion de quinientas tres (503) nuevas plazas de docentes destinadas a incrementar la cobertura en el Nivel de Educacion Secundaria; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 140 413,00), del Pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de veintiun (21) Pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratacion de quinientas tres (503) nuevas plazas destinadas a incrementar la cobertura en el Nivel de Educacion Secundaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 026 : Programa Educacion Basica para Todos 0090 : Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educacion Basica Regular 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas 5003109 : Contratacion Oportuna y Pago de Personal de las Instituciones Educativas de Educacion Secundaria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.