TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546995 Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confi anza; Que, mediante Informe Nº 00001-2015-MDLO/GR/EC/ KGARAY la Ejecutora Coactiva, solicita la designación de un Auxiliar Coactivo, y reitera que existe vacante la plaza de 01 Auxiliar Coactivo (Plaza CAP), el mismo que se encuentra debidamente presupuestado, siendo necesario realizar el concurso público de mérito conforme con la normatividad legal vigente; Que, mediante Informe Nº 002-2015-GR/MDLO de la Gerencia de Rentas, reitera la solicitud de designación de un Auxiliar Coactivo para la atención de la carga procesal existente a nivel de coactivo, solicitando se proceda a la aprobación de las bases por parte del Concejo Municipal, conformación de Comité Evaluador, publicación y desarrollo de la Convocatoria, selección de personal establecido, así como su nombramiento con la diligencia que el caso amerita, anexa el Proyecto de Bases del Concurso Público para seleccionar un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, mediante Informe Nº 00034-2015/MDLO/ GA/SGRRHH la Sub Gerencia de Recursos Humanos propone la creación de la Comisión del Concurso Público de méritos, la cual estará conformada por un presidente y dos miembros, quienes tendrán a su cargo las etapas preparatoria, convocatoria y de selección del Proceso de Contratación de 01 Auxiliar Coactivo, sujeto al régimen laboral Público; Que, mediante Informe Nº 35- 2015-MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica indica en el análisis numeral 1 que las bases administrativas del Proceso de Contratación de 01 Auxiliar Coactivo se encuentran acorde a las normativas vigentes y concluye que es procedente aprobar mediante Acuerdo de Concejo pertinente con el fi n de proseguir el trámite correspondiente para tal fi n. Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 8) y Artículo 41º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR las Bases Administrativas para designar a un (01) AUXILIAR COACTIVO para la Municipalidad Distrital de Los Olivos, correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 001- 2015/MDLO, las mismas que forman parte del presente Acuerdo de Concejo en Anexo adjunto; asimismo el Auxiliar Coactivo será funcionario contratado en concordancia al Artículo 1º de la Ley Nº 27204. Artículo Segundo.- FACULTAR al Sr. Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía designe al Comité que deberá llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Auxiliar Coactivo, así como establecer el cronograma del citado Concurso Público de Méritos. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión, a la SECRETARIA GENERAL la publicación del presente acuerdo en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO, asimismo DISPONER que la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN proceda a publicar el texto íntegro del presente acuerdo en la página web de la entidad www. portal.munilosolivos.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1201586-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen beneficios tributarios a favor de vecinos de la calle Lima y avenida Ernesto Diez Canseco del distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 435/MM Mirafl ores, 13 de febrero de 2015 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; reconociéndoseles que son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a la ley, según lo dispuesto en el artículo 195, numeral 4 del mismo texto normativo; concordante con los lineamientos establecidos en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN