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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (19/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546993 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que se asigne al Juez Superior Miguel Ángel Tapia Cabañín, la plaza de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima que correspondía a la doctora Carolina Lizárraga Houghton, quien ha formulado renuncia al cargo. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huaura y Lima, Gerencia General del Poder Judicial; y al referido Juez Superior, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1202093-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 91-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 17 de febrero de 2015. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: El documento Externo N° 1415-2015 remitido por el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de Vistos, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento la resolución de fecha 11 de febrero de 2015 expedida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a través de la cual se concede al suscrito el goce de vacaciones pendientes del diecinueve al veintidós de febrero del presente año. Que, estando a lo expuesto, se hace necesario encargar el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, al señor doctor Walter Benigno Ríos Montalvo, en su condición de único Juez Superior Titular, en funciones, por vacaciones de todos los señores Jueces Superiores Titulares de esta Corte Superior de Justicia, mientras dure el periodo de ausencia del Presidente de Corte, de conformidad con lo establecido en el artículo 89° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia, estando a las facultades otorgadas a los Presidentes de Corte, por el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial antes citada. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, al señor Doctor WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO, Juez Superior, Presidente de la Sala Mixta de Vacaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, en adición a su labor jurisdiccional, por los días 19 y 20 de febrero del presente año. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Ofi cina de Imagen Institucional de la Corte del Callao, y del Magistrado interesado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CESAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1202095-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Acuerdan abstenerse de recibir condecoraciones u otros honores que sean otorgados por las autoridades y gobiernos regionales y municipales ACUERDO (28 de enero de 2015) De conformidad con el artículo 178, numerales 3 y 4, de la Constitución Política del Perú, la labor jurisdiccional del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no solo comprende los procesos de elección de autoridades a nivel nacional, regional y local, y la consulta popular de referéndum o de revocatoria del mandato de autoridades, sino que, a su vez, se materializa resolviendo en instancia fi nal y defi nitiva los procedimientos de declaratoria de vacancia y suspensión de autoridades regionales y municipales, así como atendiendo los pedidos de inhabilitación de las referidas autoridades. En este contexto, teniendo en cuenta que el artículo 8, numeral 1, de la Ley N.° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, prohíbe, entre otros, aceptar situaciones en cuyo contexto, los intereses laborales pudieran estar en confl icto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo, resulta pertinente adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en dicha prohibición. Por ello, ratifi cando la actuación de los miembros que componen este colegiado, de acuerdo al principio de probidad que rige la función pública, este Supremo Tribunal Electoral considera conveniente abstenerse de recibir condecoraciones, distinciones, reconocimientos, diplomas u otros honores que sean otorgados por parte de las autoridades y gobiernos regionales y municipales, provinciales y distritales. Finalmente, es oportuno reiterar el compromiso por parte de este organismo electoral de participar activamente en todos aquellos eventos académicos y actividades de fomento de la democracia y la gobernabilidad que promuevan los gobiernos regionales y municipales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, ACUERDA Primero.- ABSTENERSE de recibir condecoraciones, distinciones, reconocimientos, diplomas u otros honores que sean otorgados por parte de las autoridades y gobiernos regionales y municipales, provinciales y distritales. Segundo.- RATIFICAR el compromiso por parte de este organismo electoral, de participar activamente en todos aquellos eventos académicos y actividades de fomento de la democracia y la gobernabilidad que promuevan los gobiernos regionales y municipales, provinciales y distritales. Tercero.- PONER el presente acuerdo en conocimiento de los gobiernos regionales y municipales, provinciales y distritales, de la Asamblea Nacional de Gobiernos