Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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2.10 En el presente caso, la Resolucion GART ha reconocido como eficientes los costos derivados del Servicio de Ejecucion de Actividades del Programa FISE en la Sede San MORDAZA de Electro Oriente, para el mes de setiembre de 2014 por un importe de S/. 44 499.69, este mismo importe es el que se solicita para los meses de febrero a agosto de 2014. 2.11 Al respecto, la eficiencia de los costos derivados del "Servicio de Ejecucion de Actividades del Programa FISE en la Sede San MORDAZA de Electro Oriente" ha sido verificada con los terminos de referencia de dicho servicio que consideran actividades a desarrollarse relacionadas con el FISE, asi como cotizaciones de otros proveedores por importes mayores, siendo ademas aceptables en comparacion a los gastos por el mismo concepto de otras distribuidoras considerando el factor geografico en el que opera este servicio. 2.12 Por las consideraciones expuestas precedentemente, corresponde reconocer los costos derivados del "Servicio de Ejecucion de Actividades del Programa FISE en la Sede San MORDAZA de Electro Oriente" por los meses de febrero a agosto de 2014 por un importe total de S/. 311 497.83, adicionalmente a lo reconocido en la Resolucion GART. De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General; con la visacion de la Gerencia Legal y la Oficina de Estudios Economicos; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesion N° 04-2015; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion presentado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A., contra la Resolucion de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria N° 093-2014-OS/GART, por las razones expuestas en la presente resolucion. Articulo 2°.- Reconocer a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A., la suma de S/. 311 497.83, adicionalmente a lo reconocido en el cuadro del Articulo 1° de la Resolucion de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria N° 093-2014-OS/GART. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente 1202032-1

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA aprobado por Resolucion SMV Nº 042-2012-SMV/01 (en adelante, el Reglamento Interno); CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del articulo 132º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus modificatorias (en adelante, la LMV) son funciones de las bolsas inscribir y registrar valores para su negociacion en bolsa, asi como excluirlos; Que, el articulo 145º de la LMV establece que la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV aprueba los estatutos, reglamentos internos de las bolsas y sus respectivas modificaciones, salvo aumentos de capital y otras que la Superintendencia establezca mediante normas de caracter general; Que, en ese sentido, el literal c) del articulo 146º de la LMV senala que los reglamentos internos de las bolsas, a menos que la materia se encuentre regulada en los estatutos, deben contener, entre otros: las normas que regulen la inscripcion y el registro de los valores para su negociacion en bolsa, asi como para su suspension o exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores (en adelante, RPMV); Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento Interno senala que las modificaciones al citado reglamento seran aprobadas por el Directorio de la Bolsa de Valores de MORDAZA (en adelante, la BVL), y seran presentadas a la SMV para su respectiva aprobacion, adjuntando el acuerdo de Directorio respectivo; Que, mediante Resolucion Nº 015-2014-SMV/01 publicada el 17 de agosto del 2014 en el Diario Oficial El Peruano se modifico el Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2005EF/94.10 (en adelante, el Reglamento SCR), con la finalidad de facilitar el acceso de nuevos emisores en este segmento del mercado; Que, el articulo 6º de la Resolucion Nº 015-2014SMV/01 dispuso que la BVL presente a la SMV las adecuaciones y/o incorporaciones a sus reglamentos internos que resulten necesarias, de acuerdo con lo senalado en el Reglamento SCR; Que, de acuerdo con el MORDAZA legal citado, mediante Cartas GE-120/2014 y GE-006/15 recibidas el 17 de noviembre del 2014 y el 26 de enero del 2015, respectivamente, la BVL ha solicitado a la SMV la modificacion de determinados articulos del Reglamento Interno; Que, las modificaciones tienen por finalidad adecuar el Reglamento Interno a las ultimas modificaciones realizadas al Reglamento SCR, asi como efectuar precisiones sobre aspectos referidos a los procedimientos de inscripcion y exclusion de valores en el segmento de capital de riesgo; Que, analizada la propuesta de modificacion presentada por la BVL, corresponde aprobar dicho proyecto, incluyendo las modificaciones formuladas por esta Superintendencia; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 145º de la LMV, el inciso 7 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, asi como a lo acordado por el Directorio de la SMV en su sesion del 16 de febrero de 2015; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 5, 17 y 18 del Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion SMV Nº 042-2012-SMV/01, conforme a los siguientes textos: "Articulo 5º.- Exclusion Los valores inscritos en el RBVL podran ser materia de exclusion a solicitud del emisor, de los titulares de los valores o del agente promotor, asi como de oficio por parte de la BVL o por disposicion de la SMV, segun corresponda, de acuerdo con lo establecido en los reglamentos a los que hace mencion el articulo anterior. Articulo 17º.- Exclusion MORDAZA II Los valores de las empresas MORDAZA II se excluiran del Segmento de Capital de Riesgo del RBVL: A) a solicitud

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican el Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION SMV Nº 001-2015-SMV/01 MORDAZA, 16 de febrero de 2015 VISTOS: El Expediente Nº 2014043691 y el Memorando Conjunto Nº 441-2015-SMV/06/11/12 del 09 de febrero del 2015, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo; asi como el proyecto de modificacion del

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