Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2015 (25/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 126-2015 DE/SG Mediante Oficio N° 395-2015-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial N° 126-2015 DE/SG publicada en la edicion del dia 21 de febrero de 2015. DICE: (...) Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar que se detalla a continuacion, del 22 al 27 de febrero de 2015, con la finalidad de participar en el Comite XV del Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA). (...) 7. Un (2) Militar de la Republica del Paraguay. (...) DEBE DECIR: (...) Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar que se detalla a continuacion, del 22 al 27 de febrero de 2015, con la finalidad de participar en el Comite XV del Sistema de Cooperacion entre las Fuerzas Aereas Americanas (SICOFAA). (...) 7. Dos (2) Militares de la Republica del Paraguay. (...) 1203997-1

El Peruano Miercoles 25 de febrero de 2015

Que, la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008-EF, senala que la designacion de los vocales que resulten elegidos por concurso publico se efectua mediante la emision de una Resolucion Suprema; Que, mediante Decreto Supremo N° 189-2011-EF, se aprobo el procedimiento para el Concurso Publico de evaluacion y seleccion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, habiendose llevado a cabo este por la "Comision Multisectorial de evaluacion y seleccion de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado"; Que, como resultado del referido Concurso Publico, mediante Resoluciones Supremas N° 032-2012-EF, N° 042-2012-EF y N° 070-2012-EF se designaron a doce (12) vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, estando proximo a vencer el periodo de designacion de once (11) vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como por la naturaleza del cargo, resulta necesario establecer el procedimiento permanente aplicable a los concursos publicos para la evaluacion y seleccion de los vocales del mencionado Tribunal; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del procedimiento Apruebese el procedimiento para los concursos publicos de evaluacion y seleccion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Articulo 2.- Constitucion de la Comision Multisectorial de evaluacion y seleccion Constituyase la "Comision Multisectorial de evaluacion y seleccion de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado", en adelante la Comision, dependiente del Ministerio de Economia y Finanzas encargada de realizar los concursos publicos de evaluacion y seleccion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, la misma que esta integrada por: a) Un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside; b) Un (1) representante del Ministerio de Economia y Finanzas; y, c) Un (1) representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE actua como Secretaria Tecnica de la Comision, la misma que brinda el apoyo tecnico, material y administrativo que resulte necesario durante los procesos de seleccion. Articulo 3.- De las etapas de los Concursos Publicos Cada concurso publico tiene las siguientes etapas: a) Convocatoria; b) Evaluacion de conocimientos; c) Evaluacion curricular; d) Evaluacion psicologica, psicometrica competencias; y, e) Entrevista personal.

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el procedimiento para los Concursos Publicos de evaluacion y seleccion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
DECRETO SUPREMO N° 034-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Contrataciones del Estado es un organo resolutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, que cuenta con plena autonomia e independencia en el ejercicio de sus funciones, siendo el encargado de resolver las controversias que surjan entre las Entidades, los participantes y los postores durante el MORDAZA de seleccion, asi como de aplicar las sanciones de inhabilitacion temporal y definitiva a los proveedores, participantes, postores, contratistas, arbitros y expertos independientes, segun corresponda para cada caso; Que, asimismo el articulo 64 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, modificada por la Ley N° 29873, establece que los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado son elegidos por concurso publico y designados por un periodo de tres (03) anos, ademas senala los requisitos para ser elegido como vocal del referido Tribunal;

y

de

Las etapas son eliminatorias. Los puntajes obtenidos no son acumulativos. Los resultados de cada etapa, asi como los resultados finales despues de culminada la etapa de entrevista personal, son publicados en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, senalando los nombres de quienes calificaron en orden alfabetico y su Documento Nacional de Identidad. Los postulantes deben verificar los resultados en los citados portales, hasta que culmine el concurso publico.

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