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El Peruano Miércoles 25 de febrero de 2015 547329 El derecho a las evaluaciones se pierde por inasistencia y origina la eliminación del postulante. Se considera inasistencia el no estar presente al momento en que se dé inicio a la evaluación de conocimientos, evaluación psicológica, psicométrica y de competencias, o al momento de ser llamado a la hora prevista para la entrevista personal. Artículo 4.- De la convocatoria La Comisión realiza la convocatoria pública para cada concurso público, la cual es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en cualquier otro diario de circulación nacional, y es difundida en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. El concurso público se inicia con la publicación de la convocatoria, la cual indica el número de plazas que son concursadas. Los postulantes deben presentar dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la convocatoria, la documentación exigida en el artículo 5 del presente Decreto Supremo. Vencido dicho plazo se cierra la postulación. Artículo 5.- De la Documentación a presentar Los postulantes deben presentar los siguientes documentos: a)Formulario de postulación debidamente completado, según formato. b) Currículum vitae documentado, que contiene: - Título profesional universitario. - Experiencia acreditada no menor a cinco (5) años en las materias relacionadas a la contratación pública. Este requisito se acredita con contratos, certifi cados o constancias laborales o cualquier otro documento que demuestre de manera fehaciente la experiencia obtenida. - Acreditar estudios de especialización en materias afi nes a la contratación pública. Este requisito se cumple con por lo menos estudios completos de maestría en materias relacionadas a la contratación pública. Las maestrías que son consideradas para efectos del proceso pueden estar referidas a gestión pública, derecho económico, economía, entre otros. Entiéndase por maestría, el haber culminado los estudios de maestría sean éstas homologadas o no por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, para el caso de maestrías cursadas en el extranjero. c) Declaración Jurada, según formato, que indique contar con reconocida solvencia moral; d) Declaración Jurada, según formato, que indique no estar inmerso en los siguientes impedimentos: - No tener sentencia condenatoria por delito doloso o encontrarse inhabilitado para ejercer la función pública por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República; - No haber sido declarado insolvente o haber ejercido cargos directos en personas jurídicas declaradas en quiebra, durante por lo menos un (1) año, previo a la declaración; - No haber sido inhabilitado para contratar con el Estado; - No tener participación en personas jurídicas que contraten con el Estado; y, - No estar inmerso en causal de impedimento para el ejercicio de la función pública. Los formatos indicados en los literales a), c) y d) del presente artículo se publican en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en la misma fecha de la publicación de la convocatoria. Es responsabilidad de los postulantes, la presentación de la totalidad de la documentación a que se refi ere el presente artículo, la misma que debe estar foliada y rubricada, debiendo fi rmarse la última hoja de la documentación. No se consideran los documentos que hubieran sido presentados con posterioridad al vencimiento del plazo señalado en el artículo 4 de la presente norma, ni se otorga plazos adicionales para subsanaciones ni aclaraciones. La documentación debe presentarse en la Mesa de Partes del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, sito en Av. Punta del Este s/n Edifi cio “El Regidor” primer piso Nº 108, zona comercial del Conjunto Residencial San Felipe, Jesús María, dirigido al Presidente de la Comisión. La documentación que acredite los requisitos de formación académica, así como la experiencia y especialización en materias relacionadas o afi nes a contratación pública, debe estar legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la mencionada Entidad. El horario para la presentación de la documentación es de 8:30 am a 4:30 pm. Artículo 6.- De la Evaluación de Conocimientos En un plazo no mayor de dos (02) días hábiles contados desde el día siguiente de vencido el plazo para la presentación de los documentos, se realiza la evaluación de conocimientos, a través de un examen escrito, el cual incluye materias concernientes a contratación pública, gestión pública y derecho administrativo general. La hora y el lugar donde se lleva a cabo la evaluación de conocimientos son señalados en la publicación de la relación de postulantes que hayan presentado la documentación dentro del plazo establecido en el artículo 4. La Comisión adopta las acciones que estime pertinentes a fi n de viabilizar la realización de la evaluación de conocimientos, pudiendo contar con los servicios de un tercero especializado en la materia del concurso público. El puntaje máximo es de cien (100) puntos. Únicamente aquellos postulantes que obtengan como mínimo setenta (70) puntos en la evaluación de conocimientos, pueden pasar a la siguiente etapa. La relación de postulantes aprobados es publicada en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles siguientes de realizada la evaluación de conocimientos. Contra los resultados no cabe la interposición de recurso impugnativo alguno. Artículo 7- De la Evaluación Curricular En un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la relación de postulantes aprobados en la evaluación de conocimientos, la Comisión verifi ca que la documentación presentada por los postulantes aprobados se encuentre conforme con lo dispuesto en el artículo 5. Para efectos de la verificación de la documentación presentada, la Comisión puede efectuar consultas al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la Contraloría General de la República, al Poder Judicial o a cualquier otra entidad pública o privada. Las entidades deben brindar la colaboración correspondiente dentro del plazo solicitado por la Comisión. De comprobarse la existencia de algún impedimento o incumplimiento, o de presentación de documentación o declaración falsa, la Comisión descalifi ca al postulante bajo evaluación, cualquiera sea la etapa en que ello sea detectado, sin perjuicio de poner los hechos en conocimiento del Ministerio Público, en caso de corresponder. La relación de postulantes aptos es publicada al día siguiente de culminado el plazo previsto en el presente artículo para la verifi cación documentaria. Contra los resultados no cabe la interposición de recurso impugnativo alguno. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, la Comisión queda facultada a disponer la subsanación de forma que considere necesario y que no altere el alcance de la postulación correspondiente. Artículo 8.- De la Evaluación Psicológica, Psicométrica y de Competencias Al día hábil siguiente de la publicación de la relación de postulantes aprobados en la evaluación curricular, se inicia la etapa de Evaluación Psicológica, Psicométrica y de Competencias, la cual culmina en un plazo máximo de tres (03) días hábiles.