TEXTO PAGINA: 22
El Peruano Miércoles 25 de febrero de 2015 547340 benéfi cas sin fi nes de lucro de su territorio a fi n de asegurarse de que las corrientes fi nancieras procedentes de donaciones caritativas no se desvíen al EIIL, el FAN ni a ninguna otra persona, agrupación, empresa o entidad asociada con Al –Qaida; Servicios bancarios 23. Insta a los Estados Miembros a que adopten medidas para asegurar que las instituciones fi nancieras que se hallen en su territorio impidan que el EIIL, el FAN y otras personas, agrupaciones, empresas o entidades asociadas con Al-Qaida tengan acceso al sistema fi nanciero internacional; Armas y material conexo 24. Reafi rma su decisión de que los Estados deberán impedir el suministro, la venta o la transferencia , directos o indirectos, al EIIL, al FAN y a todas las demás personas, agrupaciones, empresas y entidades asociadas con Al-Qaida desde su territorio o por sus nacionales fuera de su territorio, o utilizando buques o aeronaves de su pabellón, de armamentos y material conexo de cualquier tipo, incluidas armas y municiones, vehículos y equipos militares, equipo paramilitar y piezas de repuesto para todo ello, así como de asesoramiento técnico, asistencia o capacitación relacionados con actividades militares, así como sus llamamientos a los Estados para que encuentren modos de intensifi car y acelerar el intercambio de información operacional relativa al tráfi co de armas, y para que mejoren la coordinación de las actividades a nivel nacional, regional e internacional; … 26. Recuerda a los Estados Miembros de la obligación que les incumbe en virtud del párrafo 1 c) de la resolución 2161 (2014) de impedir el suministro, la venta o transferencia, directos o indirectos, de armamentos y materiales conexos de todo tipo a personas y entidades que figuren en la Lista, como el EIIL y el FAN; 27. Exhorta a todos los Estados a que estudien medidas apropiadas para impedir la transferencia de armamentos y materiales conexos de todo tipo, particularmente misiles portátiles de superfi cie a aire, si existe una sospecha razonable de que esos armamentos y material conexos llegarían a manos del EIIL, el FAN o de otras personas, agrupaciones, empresas y entidades asociadas con Al- Qaida; Congelación de activos 28. Reafi rma que lo dispuesto en el párrafo 1 a) de la resolución 2161 del Consejo de Seguridad se aplica a los recursos fi nancieros y económicos de todo tipo, incluidos, entre otros, los utilizados para prestar servicios de hospedaje en Internet o servicios conexos que se utilicen en apoyo de Al-Qaida, y otras personas, agrupaciones, empresas o entidades que fi guren en la Lista relativa a las sanciones contra Al-Qaida; Presentación de informes 29. Exhorta a los Estados Miembros a que informen al Comité, en un plazo de 120 días, sobre las medidas que hayan adoptado para aplicar las disposiciones establecidas en la presente resolución; 30. Solicita al Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones que realice, en estrecha cooperación con otros órganos de las Naciones Unidas de lucha contra el terrorismo, una evaluación de los efectos de estas nuevas medidas e informe al Comité establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) dentro de un plazo de 150 días, y que posteriormente incorpore información sobre los efectos de eses nuevas medidas en sus informes al Comité a fi n de hacer un seguimiento de los progresos logrados en la aplicación, determinar las consecuencias no deseadas y los desafíos imprevistos, y ayudar a facilitar los nuevos ajustes que sean necesarios; y solicita además al Comité establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) que presente al Consejo de Seguridad información actualizada sobre la aplicación de la presente resolución como parte de sus informes orales periódicos al Consejo sobre la labor general del Comité y el Equipo de Vigilancia; 31. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión. 1204100-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Delegado Titular del Ministerio ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2015-TR Lima, 23 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 10674, se establece como función del Estado la protección y asistencia de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería en el territorio de la República; Que, el artículo 4 del Estatuto de la Caja de Protección y Asistencia Social aprobado por Decreto Supremo Nº 0004-TR del 06 de mayo de 1969, establece que la Dirección de Administración de la Caja se ejercerá mediante la Junta Directiva, integrada entre otros, por un Delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el que podrá contar con un Delegado Suplente; Que, por convenir al servicio, resulta necesario designar al Delegado Titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto de administración interna respectivo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor EDWIN POQUIOMA CHUQUIZUTA Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo, como Delegado Titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Caja de Protección y Asistencia Social de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1204104-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2015 MTC/02 Lima, 20 de febrero de 2015