Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2015 (25/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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la reclasificacion definitiva de la jerarquia de las Rutas Vecinales LA 800 y LA 802, a Ruta Departamental, a fin de estas formen parte del "Corredor La Costanera o Naylamp" que corre en forma paralela a la linea costera, adjuntando a su solicitud la conformidad de las Municipalidades Distritales de Puerto Eten y de Lagunas, asi como de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, afectadas con dicha reclasificacion; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6 del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, y sus modificatorias en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional, los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9 del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8 del Reglamento, considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6 del Reglamento; Que, de conformidad con lo senalado en el numeral 10.2 del articulo 10 del Reglamento, las autoridades competentes establecidas en el articulo 6 del Reglamento podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulo 8 del mismo, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, mediante Memorandum N° 3017-2014-MTC/14, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, expresa su conformidad al Informe N° 507-2014-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, a traves del cual se considera procedente la reclasificacion definitiva de un tramo de la Ruta N° LA-800 de Trayectoria: Emp. LA-114 (Dv. Pto. Eten) - Emp. LA-802, y la Ruta N° LA-802 de Trayectoria: Emp. LA-119 (Lagunas) - Emp. LA-800, por su continuidad con la Ruta Departamental o Regional LA-119; senalando que la reclasificacion resulta procedente en la medida que las Rutas Vecinales mencionadas cumplen con los criterios de jerarquizacion vial para ser incorporadas a la Red Vial Departamental o Regional establecidos en los numerales 2 y 4 del literal b) del articulo 8 del Reglamento; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA y a la opinion favorable de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, resulta procedente reclasificar definitivamente la jerarquia de un tramo de la Ruta LA-800 de Trayectoria: Emp. LA114 (Dv. Pto. Eten) - Emp. LA-802 y la Ruta N° LA-802 de Trayectoria: Emp. LA-119 (Lagunas) - Emp. LA-800, por su continuidad con la Ruta Departamental o Regional LA-119; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos. 017-2007-MTC, 021-2007-MTC y 0122013-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reclasificar definitivamente la jerarquia de las Rutas Vecinales o Rurales N° LA-800 en el tramo: Emp. LA-114 (Dv. Pto. Eten) - Emp. LA-802, y N° LA-802 de Trayectoria: Emp. LA-119 (Lagunas) - Emp. LA-800, por su continuidad con la Ruta Departamental o Regional LA-119, como parte integrante de la Red Vial Departamental o Regional, de acuerdo al siguiente: Ruta Nº LA-119 Trayectoria: Emp. PE-1N (Nuevo Mocupe) - Montecruz ­ Lagunas ­ Emp. LA-114 (Puerto Eten).

El Peruano Miercoles 25 de febrero de 2015

Como resultado de la conformacion de la Ruta Departamental o Regional N° LA-119 la Trayectoria de la Ruta Vecinal o Rural Nº LA-800 queda modificada en su trayectoria de la siguiente manera: Ruta Nº LA-800 Trayectoria: Emp. LA-114 (Dv. Pto. Eten) - Emp. LA119. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1203466-1

Dan por concluida Reclasificacion de Ruta Nacional efectuada mediante R.M. N° 757-2009-MTC/02, recuperando su condicion original como Ruta Vecinal o Rural N° PI-579
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2015 MTC/02 MORDAZA, 20 de febrero de 2015 VISTO: El Memorandum N° 224-2015-MTC/14 del Director General de Caminos y Ferrocarriles referido a dar por concluida la reclasificacion de ruta dispuesta por la Resolucion Ministerial N° 757-2009-MTC/02; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 757-2009MTC/02, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 10 de noviembre de 2009, se dispone reclasificar temporalmente la Ruta Vecinal o Rural PI-579 de trayectoria: PE-1N (Piura) - Sta. MORDAZA - Tambo Grande, a la Red Vial Nacional, asignandosele el Codigo Temporal N° PE- 1N P. Dicha resolucion se expidio con la finalidad que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervenga en la referida via, y gestione las acciones necesarias para mejorar las caracteristicas del referido tramo vial; Que, en el expediente administrativo obran los siguientes actuados: a) El Director Ejecutivo de Provias Nacional a traves del Memorando N° 153-2015-MTC/20, de fecha 23 de enero de 2015, se dirige al Director General de Caminos y Ferrocarriles remitiendole el Informe N° 08-2015-MTC/20.7 del Gerente de la Unidad Gerencial de Conservacion de Provias Nacional, quien da su aprobacion al Informe N° 015-2015-MTC/20.7.JMP, con relacion a que se de termino a la reclasificacion de ruta dispuesta por la Resolucion Ministerial N° 757-2009-MTC/02. b) El Informe N° 015-2015-MTC/20.7.JMP senala que Provias Nacional y el Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional N° 030-2010-MTC/20, de fecha 17 de noviembre de 2010, estableciendo las obligaciones de MORDAZA partes para la ejecucion de los estudios, la supervision y ejecucion de las obras del proyecto: Mantenimiento Periodico de la Carretera Emp. PE-1NP (Piura) - MORDAZA MORDAZA - Tambo Grande, Tramo: MORDAZA - La Obrilla. Posteriormente, en aplicacion del citado Convenio, se suscribio el Contrato de Supervision de Obra N° 0412013-MTC/20 y el Contrato de Ejecucion de Obra N° 1032013-MTC/20. Asimismo, senala que el 13 de agosto de 2014 se concluyo la referida obra y se recepciono el 10 de setiembre de 2014, conforme a la documentacion que adjunta. c) Dicho Informe manifiesta que habiendo concluido la intervencion de Provias Nacional con la culminacion de la referida obra vial, corresponde que la reclasificacion dispuesta por la Resolucion Ministerial N° 757-2009MTC/02, recupere su clasificacion original como Ruta Vecinal o Rural PI-579, teniendose en cuenta el articulo 8° del Decreto Supremo N° 012-2013-MTC. d) El Director de Caminos (e) de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles mediante el

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