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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (25/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Miércoles 25 de febrero de 2015 547341 VISTOS: La solicitud de la empresa LAN PERU S.A. con P/D No. 016147 del 27 de enero de 2015, y los Informes No. 043-2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y No. 057-2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa LAN PERU S.A. ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, solicitud para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendida durante el mes de marzo de 2015, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa LAN PERU S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe No 057-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe No. 043-2015-MTC/12.04, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Alberto Parodi Solari, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 08 al 11 de marzo de 2015 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en el Informe No. 043-2015-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 057-2015- MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 08 AL 11 DE MARZO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 057-2015-MTC/12.04 Y Nº 043-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 437-2015-MTC/12.04 08-Mar 11-Mar US$ 880.00 LAN PERU S.A. Parodi Solari, Oscar Alberto Miami E.U.A. Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo como Primer Ofi cial, en simulador y Habilitación en el equipo A- 319 a su personal aeronáutico 21105-21212-1945 1203464-1 Reclasifican definitivamente jerarquía de diversas Rutas Vecinales o Rurales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2015 MTC/02 Lima, 20 de febrero de 2015 VISTOS: Los Ofi cios Nos. 729 y 994-2014-GR-LAMB/PR del Gobierno Regional de Lambayeque, así como el Memorándum N° 3017-2014-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, se aprobó la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC; Que, a través de los Ofi cios Nos. 729 y 994-2014-GR- LAMB/PR, el Gobierno Regional de Lambayeque, solicita