Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2015 (27/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su vez, el articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que, "Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo."; Que, conforme a lo establecido en el numeral 65.1 del articulo 65º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en dicha Ley; Que, los Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, emitidos en el MORDAZA del Decreto Ley Nº 25650, modificado mediante Decreto de Urgencia Nº 053-2009, los cuales fueron aprobados por Resolucion Ministerial Nº 238-2009-EF-10 y modificatorias, establecen las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegacion de funciones correspondientes, en los temas relativos a procesos de seleccion y contratacion de consultores; Que, asimismo, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y modificatorias, senalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme dispone el articulo 5º de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, de otra parte, el articulo 57º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG, senala que la Entidad para el inicio de la auditoria, suscribira el contrato con la Sociedad designada; Que, segun el articulo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General; Que, el numeral 40.2 del articulo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto refiere que las modificaciones presupuestarias en el nivel programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme a lo senalado en el articulo 50º de la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007- EF-77.15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolucion del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, teniendo en consideracion la estructura organica del Gobierno Regional de Ica, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA, y con el proposito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Gobierno Regional, es conveniente efectuar las delegaciones a diversos organos de este Gobierno; En consecuencia, estando a lo establecido en el inciso 4 del articulo 29º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion en temas del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico Delegar en la Gerencia General Regional y en la Oficina Regional de Administracion, del Gobierno Regional de Ica, las facultades siguientes:

Que consta de la Resolucion Nº 015-2015-P/TC, que inicialmente, se considero la necesidad de realizar reuniones anticipadas de coordinacion entre las personas encargadas de las actividades protocolares de cada uno de los Tribunales Constitucionales, autorizandose el viaje de la Especialista en Protocolo, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soto; Que no obstante; se reconsidero la decision contenida en la resolucion referida en el considerando precedente, difiriendose la oportunidad del viaje para sostener reuniones previas a la ceremonia de MORDAZA y entrega del SIGERD a realizarse el 5 de marzo de 2015, asi como recabar los antecedentes de la MORDAZA Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional que organizo el Tribunal Constitucional de Republica Dominicana, correspondiendo, en consecuencia, dejar sin efecto la resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7 de la Ley Nº 28301, Ley Organica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Decimo Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28411 y la Directiva Nº 0012013-DIGA/TC aprobada por Resolucion de Direccion General Nº 24/2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 015-2015-P/TC. Articulo Segundo.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 2 al 7 de marzo de 2015 a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, para fines expuestos en la presente resolucion. Articulo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolucion irrogara egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional, segun el siguiente detalle: FECHA DE VIAJE VIATICOS PASAJE AEREO US$ CARIBE DIA 430.00 x US$ 2,150.00

COMISIONADA

MORDAZA DEL 2 AL 7 DE S/. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARZO 2015 4,274.45

Articulo Cuarto.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominacion. Articulo Quinto.- La senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA informara dentro de los quince dias calendario siguientes de realizado el referido viaje, sobre las coordinaciones efectuadas. Articulo Sexto.- Comunicar la presente Resolucion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Secretaria General, la Direccion General de Administracion y a las Oficinas de Administracion de Personal, Imagen Institucional, Proyectos, Tecnologias de la Informacion y Control Institucional. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA URVIOLA HANI Presidente 1204435-2

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Autorizan inscripcion de Ariansen Allemant Corredores de Seguros Sociedad Anonima Cerrada en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0052-2015-GORE-ICA/PR Ica, 10 de febrero de 2015

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