Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (27/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015 547641 gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales del Concejo y con la aclaración puesta de manifi esto en el debate sobre el término Logotipo por el de Escudo, por mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Escudo Distrital Municipal de Los Olivos cuya imagen forma parte del presente acuerdo como anexo Nº 01. Artículo Segundo.- DERÓGUESE cualquier norma municipal que se opongan al presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Secretaria General, Gerencia de Prensa e Imagen Institucional y Gerencia Municipal en lo que es de su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1204422-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Derogan la Ordenanza Nº 135-MDMM que estableció disposiciones para el otorgamiento del Carné de Sanidad en el distrito ORDENANZA Nº 011-MDMM Magdalena del Mar, 23 de febrero de 2015 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 05 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo IV establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, en función a lo antes mencionado, el regidor Javier Olazabal Raya, solicita la derogatoria de la Ordenanza Nº 135-MDMM que reguló disposiciones relacionadas al carnet de sanidad; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 135-MDMM que reguló disposiciones para el otorgamiento del carné de sanidad en el distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1204929-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan fecha de vencimiento de pago al contado o de primera cuota del Impuesto Predial y la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2015-MPL-A Pueblo Libre, 23 de febrero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 012-2015-MPL-GAT de fecha 13 de febrero de 2015, remitido por la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 433-MPL, se aprobó el pago mínimo del Impuesto Predial y el cronograma de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2015; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la precitada Ordenanza faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas de vencimiento de los tributos referidos en la citada Ordenanza;