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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (27/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015 547634 a) La Gerencia General Regional autorizará las contrataciones y suscribirá los Términos de Referencia del Servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público que se requieran en su Despacho y en los demás Órganos del Gobierno Regional. b) El Director de la Ofi cina Regional de Administración suscribirá los contratos y adendas de los consultores contratados en el Gobierno Regional de Ica con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. Artículo 2º.- Delegación en materia de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigentes 2.1 Delegar en la Gerencia General Regional, la facultad de resolver los recursos de apelación interpuestos en procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, dentro del marco de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y modifi catoria. 2.2 Delegar en el Director de la Ofi cina Regional de Administración, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y modifi catorias: a) Aprobación del Plan Anual de Contrataciones, así como sus modifi caciones. b) Aprobación de los expedientes de contratación para la realización de los procesos de selección. c) Aprobación de la reserva del valor referencial en los procesos de selección. d) Autorización de los procesos de estandarización. e) Aprobación del otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto por Ley. f) Aprobación de la cancelación de los procesos de selección. g) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. h) Aprobación de las Bases de los procesos de selección, incluyendo las provenientes de exoneraciones de procesos de selección. i) Designación de los integrantes de los Comités Especiales y Comités Especiales Permanentes. j) Autorización de la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. k) Autorización de la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. l) Celebración de los contratos derivados de procesos de selección y de las exoneraciones, así como suscribir adendas de modifi cación, de corresponder. m) Celebración de contratos complementarios de bienes y servicios. n) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. o) Aprobación de las resoluciones de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, así como en otros supuestos previstos por la Ley. p) Aprobación, suscripción u observar las liquidaciones de obras que se presenten a la Entidad. Artículo 3º.- Delegación en materia de contratación pública fuera del ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigentes Delegar en el Director de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ica la representación legal de la Entidad para suscribir contratos de bienes y servicios, cuyos montos sean menores o iguales a 3 UIT. Artículo 4º.- Delegación en temas del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría Delegar en el Director de la Ofi cina Regional de Administración la suscripción de los contratos sujetos a las disposiciones reguladas en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG. Artículo 5º.- Delegación en materia de tesorería y presupuesto Delegar en el Director de la Ofi cina Regional de Administración la facultad de designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras. Delegar en el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático a que se refi ere el artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Delegación en materia de recursos humanos Delegar en el Director de la Ofi cina Regional de Administración las siguientes facultades: a) Constituir el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE. b) Constituir el Comité electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. c) Autorizar los viajes al interior del país en comisión de servicios, que excedan los quince (15) días calendario. d) Autorizar el Desplazamiento de Personal: asignación, encargo, rotación, reasignación, destaque, permuta, comisión de servicios y transferencia. e) Disponer el ascenso, promoción, reingreso y reposición. f) Designar los cargos de confi anza, con excepción del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales, los Gerentes Sub Regionales y los Directores Regionales; g) Término de servicios: aceptación de renuncia, excepto cuando se trate del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales, los Gerentes Sub Regionales y los Directores Regionales; cese por fallecimiento, cese defi nitivo por límite de edad, resolución de contrato del personal, en los casos que corresponda emitirse Resolución Ejecutiva Regional. Artículo 7º.- Delegación en materia administrativa Delegar en el Gerente General Regional la representación legal del Gobierno Regional ante cualquier tipo de autoridad administrativa, así como suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la institución; salvo los casos en los que el Presidente Regional decidiera avocarse. Artículo 8º.- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 2, 5, y 6 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente al Presidente Regional respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web del Gobierno Regional de Ica. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES Presidente Regional 1204962-1 Designan funcionarios responsables de entregar información, registrar y actualizar el Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Ica RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0058-2015-GORE-ICA/PR Ica, 12 de febrero de 2015