Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2015 (27/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015

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mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la norma; asi como, para disponer la prorroga de los plazos que la misma preve; Que, siendo politica de la actual gestion el otorgar facilidades a los vecinos del distrito para que paguen de manera oportuna sus tributos, se hace necesario prorrogar el vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial, asi como de la Primera y MORDAZA Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del presente ejercicio fiscal, hasta el 31 de marzo del 2015; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria mediante Informe Nº 031-2015MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Informe N° 007-2015-MDLM-GAT, de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 0692015-MDLM-GAJ, y de la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 178-2015-MDLM-GM; y, en uso de las facultades conferidas en los Articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA:

el articulo 1° del Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, en merito a la actualizacion senalada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y a las unidades organicas responsables de los procedimientos y servicios contenidos en el MORDAZA vigente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de La MORDAZA, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y el Anexo que forma parte integrante del mismo, en la pagina web de la entidad: www.munimolina.gob.pe, y la actualizacion en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1204536-1

Prorrogan vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial, asi como de la primera y MORDAZA cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del Ejercicio Fiscal 2015
DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2015 La MORDAZA, 26 de febrero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Memorando N° 178-2015-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 069-2015-MDLMGAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe N° 007-2015-MDLM-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria, y el Informe N° 031-2015-MDLM-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, referente a la prorroga del vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial, asi como de la Primera y MORDAZA Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del ejercicio fiscal 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 29° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria, podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza N° 278, se prorroga para el Ejercicio 2015, el MORDAZA legal y criterios de distribucion y tasas aplicables a los arbitrios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, aprobados mediante la Ordenanza N° 261 modificada por Ordenanza N° 263, la misma que ha sido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo N° 2024-MML de fecha 04 de noviembre de 2014; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 261, modificada por la Ordenanza N° 263, establece que los Arbitrios Municipales son de periodicidad y determinacion mensual, siendo el vencimiento de los mismos, el ultimo dia habil del mes al que corresponde la obligacion; Que, la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza N° 261, faculta al senor MORDAZA para que

Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2015, el vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial, asi como de la Primera y MORDAZA Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del Ejercicio Fiscal 2015. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Atencion al Ciudadano, a la Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion del mismo en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina. gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob. pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1205126-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Ratifican Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Los MORDAZA 2015
ORDENANZA Nº 409-2015-CDLO Los MORDAZA 13 de febrero de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: en sesion de concejo de fecha 13 de febrero de 2015 el Dictamen 001-2015-MDLO/CPSC que ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Los Olivos2015, Aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC LOS MORDAZA 2015. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica

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