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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2015 (04/07/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015 556660 Artículo 6.- Publicación La presente Resolución Vice Ministerial se publica en el Diario Ofi cial El Peruano y la Directiva aprobada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS REQUEJO ALEMÁN Viceministro de Pesquería 1259025-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0593/2015-RE Lima, 1 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que del 7 al 8 de julio de 2015, el señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, realizará una Visita de Estado al Reino de España, por invitación del Gobierno español, a fi n de continuar fortaleciendo, al más alto nivel político, los lazos políticos, económicos, comerciales, históricos y culturales existentes entre los dos países, mediante la cooperación mutuamente ventajosa; Que la presente Visita de Estado se encuentra enmarcada en el objetivo estratégico de la Política Exterior orientado a diversifi car las relaciones políticas y de cooperación en el escenario global consolidando relaciones bilaterales con los principales socios de la Unión Europea y promoviendo una adecuada inserción del Perú en Europa; Que es interés del Perú continuar avanzando en la consolidación de la asociación estratégica con España en razón del excelente nivel del diálogo y del sustantivo desarrollo de su agenda bilateral, tal como ha sido plasmado en el Plan Renovado de Asociación Estratégica suscrito por los Mandatarios del Perú y España, en enero de 2013, particularmente en las áreas de seguridad y lucha contra la delincuencia, lucha contra las drogas y cooperación cultural. Que, en ese sentido se considera conveniente la asistencia de la Directora General de Europa, del 7 al 8 de julio de 2015, a fi n de asegurar una participación adecuada; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 1138, del Despacho Ministerial, de 30 de junio de 2015; y los Memorandos (DGE) N.° DGE0593/2015, de la Dirección General de Europa, de 30 de junio de 2015; y (OPR) N.° OPR0202/2015, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 30 de junio de 2015, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047- 2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N.º 056- 2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora General de Europa, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 7 al 8 de julio de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Silvia Elena Alfaro Espinosa 2 530,00 540,00 2+2 2 160,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1257979-1 SALUD Aprueban la Directiva Administrativa N°208-MINSA/DIGEMID-V.01 “Directiva Administrativa que regula las actividades de los Visitadores Médicos u Otros Agentes de las Empresas Farmacéuticas en los Establecimientos de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2015/MINSA Lima, 1 de julio del 2015 Visto, el Expediente N° 14-000334-001, que contiene las Notas Informativas N°s 001-2014-DG-DIGEMID/ MINSA y 107-2015-DIGEMID-DCVS-ECPUB/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales 3 y 4 del artículo 3 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios establece que los procesos y actividades relacionados con los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en cuanto sea aplicable a cada caso, se sustentan en los principios de calidad y de racionalidad; Que, el artículo 5 de la precitada Ley establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en dicha norma legal; Que, el artículo 39 de la mencionada Ley establece que la Autoridad Nacional de Salud (ANS) regula las condiciones y especifi caciones para la promoción médica en los establecimientos de salud; Que, el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos;