Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2015 (23/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 23 de julio de 2015

NORMAS LEGALES
CODIGO INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCION A LA U.I.T. VIGENTE ZONA URBANA GRAVE ZONA INDUSTRIAL GRAVE

558017
MEDIDA COMPLEMENTARIA

Que, la presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un marco normativo legal que promueva la formalización de aquellas personas que se dedican en forma asociada a la recolección selectiva y segregación de residuos sólidos en la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso (recicladores y segregadores), a fin de promover una mejora en la calidad de dichas labores y propiciar un mejor manejo de los residuos sólidos a nivel local. Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Ambiental y la Sub Gerencia de Medio Ambiente, según Informe Nº 0047-2015-MDCLR/ SGMA/GDH, con la aprobación del Concejo Municipal según Acuerdo de Concejo Nº 049-2015-MDCLR, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 7) y 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal de Carmen de la Legua Reynoso aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FORMALIZACIÓN DE LOS RECICLADORES EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO. Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento de Formalización de los Recicladores en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el mismo que consta de 10 títulos, 31 artículos, 03 disposiciones complementarias y 02 disposiciones transitorias y finales y que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Apruébese y publíquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones (artículo 31º del Reglamento), que parcialmente modifica la parte pertinente del Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2015-MDCLR. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para efectuar las acciones de modificación que se requieran. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, Sub Gerencia de Medio Ambiente y Sub Gerencia de Limpieza Pública el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación el diario oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administración la publicación de la presente ordenanza y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (artículo 31º del Reglamento) en el diario oficial El Peruano, y a la Sub. Gerencia de Tecnologías de la Información el íntegro del Reglamento de Formalización de los Recicladores en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso en el portal institucional www.municarmendelalegua.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
MANIPULACION DE RESIDUOS SÓLIDOS CODIGO INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCION A LA U.I.T. VIGENTE ZONA URBANA GRAVE ZONA INDUSTRIAL GRAVE MEDIDA COMPLEMENTARIA Retención del material reciclado y/o vehículo. Suspensión de autorización municipal (en caso de reincidencia)

03-110 Por segregar y/o esparcir residuos sólidos en la vía pública, luego que estos fueron dispuestos por los vecinos para que sean recolectados por el personal municipal. 03-111 Por permitir la acumulación de residuos sólidos en los terrenos sin construir. 03-112 Por no efectuar la limpieza de los espacios públicos y la recolección de los residuos sólidos a más tardar al día siguiente de la realización de eventos, ferias, manifestaciones u otras actividades 03-113 Por faltarle el respeto a transeúntes y vecinos, trabajar en estado de ebriedad o consumo de drogas, o tener conducta inmoral durante las labores 03-114

Retención del material reciclado y/o vehículo. Suspensión de autorización municipal (en caso de reincidencia)

GRAVE

GRAVE

Restitución

GRAVE

GRAVE

Restitución

LEVE

LEVE

Revocación del carnet de reciclador. Suspensión de autorización municipal (en caso de reincidencia)

Por agredir físicamente MODERADO MODERADO Retención del a transeúntes y material reciclado vecinos. y/o vehículo. Revocación del carnet de reciclador. Suspensión de autorización municipal.

03-115 Por realizar las MODERADO MODERADO Retención del labores de recolección material reciclado selectiva y transporte y/o vehículo. de residuos sólidos sin la identificación correspondiente.

03-109 Por realizar cualquier actividad involucrada al manejo de los residuos sólidos (almacenamiento, recolección, t r a n s p o r t e , tratamiento, comercialización y disposición final) sin cumplir las normas técnicas vigentes y/o sin la autorización municipal.

03-116 Por realizar labores de recolección selectiva de residuos sólidos sin el equipo de protección personal ­ EPP.

LEVE

MODERADO

03-117 Por realizar labores de MODERADO MODERADO R e v o c a c i ó n recolección selectiva, del carnet de acondicionamiento, reciclador. reciclaje y Suspensión de comercialización de autorización residuos sólidos con municipal menores de edad (en caso de sin contar con la reincidencia) autorización expresa de los padres.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.