Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2015 (23/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Jueves 23 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

558005

Artículo Quinto.- Poner en conocimiento de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales 1266424-1

de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", el Departamento de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas, realice la emisión de Certificados de Depósitos Negociables a través del programa denominado el "Cuarto Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas - BanBif"; hasta por la suma US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, debiendo adecuarse a los demás términos de la Ley del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1265700-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice la emisión de Certificados de Depósitos Negociables a través del programa "Cuarto Programa de Certificados de Depósitos Negociables del Banco Interamericano de Finanzas - BanBif"
RESOLUCIÓN SBS Nº 4110-2015 Lima, 14 de julio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud del Banco Interamericano de Finanzas, en adelante el Banco, para que se opine favorablemente sobre la emisión de Certificados de Depósitos Negociables a través del programa denominado el "Cuarto Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas - BanBif"; hasta por la suma US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles. CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su Artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar certificados de depósito negociables; Que, en sesión de la Junta Anual de Accionistas del Banco realizada el 31 de marzo de 2015, se acordó aprobar el Cuarto Programa de Certificados de Depósito Negociables, hasta por la suma de US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, el mismo que ya contaba con la opinión favorable del Directorio y para el cual se delegaron las facultades a la Gerencia General para definir y aprobar los términos y las condiciones del programa; así mismo se dispuso que los señores Javier Arroyo Rizo Patrón o Victor Larrea Vilela, de manera individual cualesquiera de ellos, suscriban los documentos públicos y privados que sean necesarios para ejecutar y cumplir totalmente el acuerdo adoptado y en general pueden adoptar sin limitación, la facultad de modificar, precisar o complementar los términos y condiciones del referido programa; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Único Ordenado

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Plano de Zonificación del Distrito de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA N° 1896 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 16 de julio de 2015, el Dictamen N° 13-2015-MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación del Distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza Nº 1081-MML, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 07 de octubre de 2007, tal como se detalla a continuación: - Modificar la calificación de Industria Liviana I2 a Residencial de densidad Media RDM, para parte de un predio de 30,387.09m2 ubicado en la Av. Las Lomas Urbanización Zarate, sólo para la Manzana L y M; debiéndose respetar la sección vial normativa de la Av. Santa Rosa de 16mts, solicitado por la Asociación de Propietarios Residencial Mosha. Artículo Segundo.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonificación en el Distrito de San Juan de Lurigancho, que a continuación se indica:

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