Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2015 (25/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de julio de 2015 /

El Peruano

el término de diez (10) días hábiles luego de concluido el plazo señalado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1267903-1

PRODUCE
Autorizan viaje de biólogos del IMARPE a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2015-PRODUCE Lima, 24 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE es una persona jurídica de derecho público interno que depende sectorialmente del Ministerio de la Producción, asimismo tiene por finalidad realizar investigaciones científicas y tecnológicas del mar y de las aguas continentales y de los recursos de ambos, con el objeto de lograr el racional aprovechamiento de los mismos y sin que en el cumplimiento de sus fines incida o duplique las investigaciones que realicen otras instituciones similares, con las cuales mantendrá la debida y adecuada coordinación, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 95 que aprueba la Ley del Instituto del Mar del Perú; Que, mediante Carta de fecha 01 de junio de 2015 el señor George Watters, PhD, Chief Scientist, U.S. AMLR Program, Director, Antarctic Ecosystem Research Division ­ National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA) hace la invitación para que dos científicos del IMARPE participen en el Crucero Antártico de Invierno para investigar el krill y el ecosistema alrededor de las islas South Shetland a bordo del rompehielos americano RV Nathaniel B. Palmer a desarrollarse del 03 al 31 de agosto de 2015; Que, la National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA) es una agencia científica del Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América cuyas actividades se centran en las condiciones de los océanos y la atmósfera, avisa del tiempo meteorológico, prepara cartas de mares y de cielos, guía sobre el uso y la protección de los recursos oceánicos y costeros, y conduce estudios para mejorar el entendimiento y la administración del ambiente, en ese contexto, a través del Programa Antartic Marine Living Resources (AMLR) organiza expediciones antárticas, teniendo programado para agosto del presente año el Crucero Antártico de Invierno para investigar el krill y el ecosistema alrededor de las islas South Shetland; Que, la expedición antártica es conveniente y provechosa para el IMARPE, en el sentido de fortalecer las líneas de investigación institucionales en la temática antártica. Esto contribuirá al desarrollo de nuevas líneas de investigación, así como al establecimiento de lazos de colaboración interinstitucional con la NOAA en temas antárticos como en otros temas de interés científico para el IMARPE y el Perú; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, mediante Acuerdo N° 049-2015-CD/O del Consejo Directivo del IMARPE, de fecha 22 de junio de 2015, se aprobó y autorizó el viaje en comisión de servicios de los biólogos Carmela Rosa Nakazaki Lao y Javier Antonio Quiñones Dávila para participar en el Crucero Antártico de Invierno a bordo del RV Nathaniel

B. Palmer del 03 al 31 de agosto del 2015. Asimismo, se acordó cubrir los gastos de pasajes y viáticos hasta Punta Arenas, República de Chile, lugar de abordaje de la expedición; Que, conforme al itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta pertinente autorizar el viaje de los señores Carmela Rosa Nakazaki Lao y Javier Antonio Quiñonez Dávila, biólogos del Instituto del Mar del Perú ­IMARPE, del 01 de agosto al 02 de septiembre de 2015, que comprende la estadía de dos días en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, posterior embarque en el Crucero Antártico de Invierno a bordo del RV Nathaniel B. Palmer y retorno con estadía de dos días, 01 y 02 en la indicada ciudad; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE con cargo a la Meta N° 024 "Apoyo y Coordinación Científica" ­ Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; y en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores CARMELA ROSA NAKAZAKI LAO y JAVIER ANTONIO QUIÑONEZ DÁVILA, biólogos del Instituto del Mar del Perú ­IMARPE, a la ciudad de Punta Arenas, República de Chile para participar en el Crucero Antártico de Invierno para investigar el krill y el ecosistema alrededor de las islas South Shetland a bordo del rompehielos RV Nathaniel B. Palmer, del 01 de agosto al 02 de septiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos por el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE con cargo a la Meta N° 024 "Apoyo y Coordinación Científica" ­ Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, debiendo presentar la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes aéreos (FEE) (por dos personas) : - Viáticos US $ 370.00.00 X 3 días (por dos personas) : TOTAL $ 5,005.84 $ 2,220.00 ---------------$ 7,225.84

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios autorizados en la presente Resolución Suprema deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1268057-14

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