Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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Que, por Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, se asignaron funciones al MINCETUR orientadas a la promocion, orientacion y regulacion de la artesania, asi como la implementacion del Sistema de Informacion para la Promocion y Desarrollo del Artesano, la certificacion y capacitacion artesanal, entre otros; Que, mediante la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, se establece el MORDAZA regimen legal del sector turismo, orientado a promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turistica; Que, por Ley Nº 29890, Ley que modifica los articulos 3 y 5 de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, otorgandole competencia sobre las oficinas comerciales en el exterior, y el articulo 3 de la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores se otorga competencia sobre las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a partir del ano 2014 las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y organicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior (OCEX), tienen como objetivo ofrecer un servicio economico comercial en el exterior, altamente especializado y activo, destinado a promover las exportaciones de bienes y servicios nacionales, las inversiones y el turismo receptivo, dentro del MORDAZA de las politicas sectoriales, y a traves de una accion articulada y coordinada con el sector privado y las diversas entidades del sector publico; Que, de otro lado, el MINCETUR, en el ambito de su competencia, desarrolla una intensa agenda de negociaciones comerciales internacionales, tanto a nivel multilateral como bilateral, suscribiendo y administrando acuerdos comerciales de gravitante importancia para el desarrollo del MORDAZA y fortaleciendo la politica de desarrollo de comercio exterior, lo cual hace necesario dotar al Viceministerio de Comercio Exterior de una estructura acorde con la agenda comercial que permita atender adecuadamente los retos derivados de los compromisos comerciales internacionales y de integracion comercial adquiridos y en proceso; Que, teniendo en consideracion las nuevas funciones asumidas por el MINCETUR, resulta necesario modificar el actual Reglamento de Organizacion y Funciones a fin de adecuarlo a la normatividad vigente; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con los incisos 3 y 11 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones por parte de las entidades de la Administracion Publica, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del articulo 3 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Modificase el articulo 3, del Capitulo II, Titulo I, del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en adelante ROF del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR, en los siguientes terminos: "Articulo 3.- Competencias El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la politica de comercio exterior y de turismo en MORDAZA con la politica general del Estado, que incluye la politica exterior; asimismo, dicta y administra las politicas de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior. Tiene la responsabilidad en materias de la promocion de las exportaciones y turismo, y de las negociaciones comerciales internacionales; en

a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina General de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos; el Decreto Legislativo N.° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N.° 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo N.° 0472002-PCM, Reglamento de la Ley N.° 27619 y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion y en comision de servicios, el viaje al exterior de la senora MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA DEL MORDAZA CHAVEZ-HERRERA, Especialista en Negociaciones Internacionales Ambientales de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, a la MORDAZA de Bogota ­ Republica de Colombia, del 15 al 18 de junio de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa economica, incluido el TUUA) US $ 1,200.00 Viaticos (US $ 370 x 04 dias) US $ 1,480.00 Articulo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante articulo 1, debera presentar un Informe detallado sobre el resultado de la comision de servicios, asi como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Articulo 4.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

1250565-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
DECRETO SUPREMO Nº 002-2015-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, por Ley Nº 28945, Ley de Reordenamiento y Formalizacion de la actividad de Explotacion de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, se ha creado la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, como autoridad competente para formular proponer, supervisar y fiscalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional, que regulan y controlan la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas;

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