Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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d) Formular planes, programas y acciones para promover la formalizacion, constitucion, organizacion y acceso al MORDAZA nacional e internacional del sector artesanal; e) Implementar acciones orientadas a la capacitacion permanente del artesano; f) Proponer e implementar programas y proyectos para incorporar a las poblaciones o conglomerados artesanales identificados a los circuitos y/o productos turisticos en coordinacion con organismos privados del sector turismo y los gremios artesanales; g) Apoyar en el fomento de la inversion privada en la actividad artesanal; h) Desarrollar acciones orientadas a la promocion del desarrollo de concursos y certamenes para valorar el talento, la competitividad y la creatividad del artesano; asimismo reconocer y distinguir a los artesanos, empresas de la actividad artesanal y otras instituciones involucradas en el sector artesanal; i) Promover los concursos de artesania de iniciativa privada; j) Emitir opinion para el otorgamiento de la certificacion artesanal y constancias de autoria artesanal; k) Promover acciones para cautelar la adecuada conservacion, proteccion y la explotacion sustentable de materia prima en peligro de extincion que MORDAZA utilizadas en la elaboracion de productos artesanales; asi como para el desarrollo de los artesanos productores de las comunidades campesinas y nativas, en coordinacion con el organismo competente, en ambos casos; l) Impulsar a traves de la actividad artesanal la preservacion de los valores culturales, historicos y la identidad nacional, en coordinacion con las entidades competentes; m) Realizar actividades vinculadas a la promocion de exposiciones artesanales y otros eventos, coordinando con los organismos competentes cuando corresponda; n) Fomentar y difundir en el sector artesania el uso y aplicacion de la regulacion relativa a la propiedad intelectual en el ambito artesanal; o) Identificar y comunicar las oportunidades de cooperacion tecnica internacional, para el desarrollo de la actividad artesanal en coordinacion con los organos institucionales y sectores competentes; p) Efectuar el seguimiento y monitoreo a los gobiernos regionales y locales en materia de artesania, conforme a los lineamientos de gestion descentralizada; q) Brindar asistencia tecnica a los Gobiernos Regionales y Locales en materia de artesania; r) Fomentar y promover el uso y aplicacion de normas tecnicas y manuales de buenas practicas de manufactura y mercadeo; asi como, la creacion y el uso de las certificaciones de calidad para la artesania peruana; s) Las demas funciones que le asigne la Direccion General de Artesania." "Articulo 74-I.- funciones de la Direccion de Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo Son funciones de la Direccion de Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo: a) Promover actividades de investigacion aplicada y desarrollo tecnologico del sector artesanal; b) Gestionar la suscripcion de convenios y/o acuerdos con centros de investigacion, innovacion y desarrollo tecnologico, universidades y demas entidades afines, publicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el mejor funcionamiento de los CITEs de Artesania y Turismo; c) Proponer, coordinar y difundir la oferta de servicios de innovacion tecnologica, capacitacion y asistencia tecnica que brindan los CITEs de Artesania y Turismo; d) Disenar y proponer mecanismos y/o lineamientos internos de gestion para promover la mejora continua de los CITEs de Artesania y Turismo; e) Promover los Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo ­CITEs, asi como el seguimiento y monitoreo del desarrollo de sus actividades; f) Las demas funciones que le asigne la Direccion General de Artesania". "Articulo 74-J.- Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas Es el organo de linea encargado de formular, proponer, supervisar y fiscalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional que regulan y controlan la actividad de explotacion de los juegos de casino y

d) Promover e incentivar la capacitacion permanente del artesano; e) Promover la formalizacion, constitucion, organizacion y acceso al MORDAZA nacional e internacional del sector artesanal; f) Aprobar el Clasificador Nacional de Lineas Artesanales y sus modificaciones; g) Promover la inversion privada y proponer mecanismos, instrumentos y la innovacion tecnologica para el desarrollo de la actividad artesanal; h) Proponer, coordinar, supervisar el cumplimiento de las politicas y normas orientadas a promover la organizacion de las ferias de artesania; i) Promover concursos y certamenes para valorar el talento, la competitividad y la creatividad del artesano y brindar reconocimiento a los concursos de artesania de iniciativa privada; j) Otorgar Certificacion Artesanal, Constancias de Autoria Artesanal y promover mecanismos para proteger la propiedad intelectual de las obras de artesania. k) Contribuir a la conservacion, proteccion y explotacion sustentable de materias primas en peligro de extincion utilizadas en la elaboracion de productos artesanales, asi como al desarrollo y preservacion de las artesanias de origen indigena y MORDAZA, en coordinacion con los organismos competentes; l) Fomentar la suscripcion de convenios y/o acuerdos con centros de investigacion, innovacion y desarrollo tecnologico, universidades y demas entidades afines, publicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el mejor funcionamiento de los CITEs de Artesania y Turismo; m) Disenar y proponer mecanismos y/o lineamientos internos de gestion para promover la mejora continua de los CITEs de Artesania y Turismo; n) Emitir opinion sobre los proyectos de normas legales, acuerdos y convenios y otros asuntos que tengan relacion con la actividad artesanal o su innovacion tecnologica; o) Proponer y disenar programas, proyectos y mecanismos de articulacion comercial para incorporar a las poblaciones o conglomerados artesanales identificados a los circuitos y/o productos turisticos, supervisando su cumplimiento; p) Promover a traves de la actividad artesanal, la preservacion de los valores culturales, historicos y la identidad nacional; q) Promover exposiciones artesanales y otros eventos de promocion artesanal; r) Dirigir y supervisar las acciones para el fomento y promocion uso y aplicacion de normas tecnicas y manuales de buenas practicas de manufactura y mercadeo; asi como la creacion y el uso de las certificaciones de calidad para la artesania peruana; s) Efectuar coordinacion y colaboracion con los gobiernos regionales y locales en materia de artesania, desarrollando acciones correspondientes a la rectoria de la entidad en coordinacion con los organos correspondientes; t) Gestionar la cooperacion tecnica internacional para el desarrollo de la actividad artesanal, en coordinacion con el organo competente del Sector, conforme al articulo 21 del presente Reglamento; u) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Turismo." "Articulo 74-G.- Estructura de la Direccion General de Artesania La Direccion General de Artesania, para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades organicas: 1. Direccion de Desarrollo Artesanal. 2. Direccion de Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo". "Articulo 74-H.- Funciones de la Direccion de Desarrollo Artesanal Son funciones de la Direccion de Desarrollo Artesanal: a) Ejecutar y efectuar seguimiento del cumplimiento de las politicas y normativas del sector artesanal; b) Difundir, implementar y monitorear el cumplimiento del Plan Estrategico Nacional de Artesania ­ PENDAR; impulsando y fortaleciendo la cooperacion y articulacion multisectorial entre los diferentes agentes participantes; c) Coordinar con el Consejo Nacional de Fomento Artesanal ­CONAFAR, la propuesta de Clasificador Nacional de Lineas Artesanales y sus modificaciones para su posterior aprobacion;

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