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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554887 “Artículo 47.-Funciones de la Dirección de Desarrollo de Mercados Internacionales Son funciones de la Dirección de Desarrollo de Mercados Internacionales: a) Coordinar, implementar y ejecutar políticas, estrategias y planes de desarrollo para insertar nuestra oferta exportable de bienes y servicios en los mercados internacionales y en las cadenas de valor globales y regionales; b) Coordinar, implementar, evaluar, monitorear y administrar los componentes operativos por mercado y otros planes de desarrollo del comercio exterior del Plan Estratégico Nacional Exportador – PENX; c) Identi fi car, priorizar y promover la internacionalización de las empresas y la incursión de la oferta exportable en los mercados internacionales; d) Coordinar y ejecutar políticas sectoriales que implementen estrategias de desarrollo de mercados internacionales, mejorando el aprovechamiento de los canales de mercado; e) Formular y elaborar los planes estratégicos de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, en materia de comercio exterior, así como evaluar y monitorear su implementación; f) Ejecutar las acciones en materia de ferias o eventos similares de carácter internacional que se desarrollen en el territorio nacional; g) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior.” “Artículo 48.- Funciones de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior Son funciones de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior: a) Formular y coordinar la implementación de medidas o estándares que coadyuven al posicionamiento de la oferta exportable peruana de bienes y servicios en los mercados internacionales; b) Formular y ejecutar los lineamientos de política y administrar las herramientas del Servicio Nacional de Información para los reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad obligatorios, entre otros requisitos al comercio exterior; c) Coordinar y facilitar información referida a los reglamentos, documentos, lugares de servicio e información relativa al Servicio Nacional de Información para reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad obligatorios, entre otros requisitos al comercio exterior; d) Noti fi car como autoridad nacional responsable, las medidas aplicadas por el Perú en cumplimiento de sus acuerdos comerciales y de integración comercial, así como administrar y actualizar el portal web de reglamentos técnicos peruanos; e) Identi fi car, evaluar, monitorear y canalizar las preocupaciones comerciales de empresas afectadas por normativas nacionales o extranjeras que constituyan o puedan constituir formas de discriminación arbitraria o restricciones encubiertas al comercio internacional recomendando el curso de acción a seguir, y coordinar la posición del Perú respecto de dichas preocupaciones comerciales con los sectores competentes, según corresponda; f) Participar y representar al Sector en las negociaciones comerciales internacionales y de integración comercial en materia de medidas sanitarias y fi tosanitarias y obstáculos técnicos al comercio; g) Formular, coordinar y ejecutar las acciones relativas a la implementación, evaluación, monitoreo y administración de los acuerdos comerciales internacionales y de integración comercial, y de cooperación económica y social, en materia de medidas sanitarias y fi tosanitarias y obstáculos técnicos al comercio; h) Coordinar, en el ámbito de su competencia, agendas de trabajo con las O fi cinas Comerciales en el Exterior y con las contrapartes correspondientes en el extranjero; i) Participar en los comités de los respectivos acuerdos comerciales y de integración comercial en materia de su competencia; j) Procurar la observancia de los compromisos comerciales asumidos por el Perú, en el ámbito de su competencia; k) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior.”“Artículo 49.- Funciones de la Dirección de Asistencia para el Comercio Exterior Son funciones de la Dirección de Asistencia para el Comercio Exterior: a) Implementar y ejecutar los lineamientos para el desarrollo de la asistencia para el comercio exterior, en concordancia con la política de cooperación técnica del gobierno y en coordinación con el sector competente; b) Identi fi car, canalizar y articular las oportunidades de asistencia para el desarrollo del comercio exterior, que coadyuven al mejor desempeño de las funciones del Sector; c) Participar y representar al Sector en las negociaciones comerciales internacionales y de integración comercial en materia de cooperación para el comercio exterior; d) Formular, coordinar y ejecutar las acciones relativas a la implementación, evaluación, monitoreo y administración de los acuerdos comerciales internacionales y de integración comercial, y de cooperación económica y social, en materia de cooperación para el comercio exterior; e) Formular convenios y documentos similares para ejecutar proyectos, programas y actividades priorizadas en el marco de la asistencia para el comercio exterior; f) Monitorear y evaluar la ejecución y los resultados de los convenios, proyectos, programas y actividades en materia de comercio exterior fi nanciados con cooperación internacional; g) Procurar la observancia de los compromisos comerciales asumidos por el Perú, en el ámbito de su competencia; h) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior.” “Artículo 50.- Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior Es el órgano de línea encargado de proponer, coordinar, implementar, promover, ejecutar y evaluar la política de facilitación del comercio exterior, en el ámbito de su competencia. La Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior y sus direcciones de línea ejercen sus funciones en coordinación con las dependencias correspondientes del Viceministerio de Comercio Exterior. Depende jerárquicamente del Despacho Viceministerial del Comercio Exterior.” “Artículo 51.- Funciones de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior Son funciones de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior: a) Proponer, evaluar y supervisar las políticas, planes, programas, mecanismos y marco normativo de facilitación de comercio exterior, destinados a incrementar la competitividad del comercio exterior, a nivel nacional e internacional, en el ámbito de sus competencias; b) Dirigir la implementación, evaluar, monitorear y supervisar el componente de facilitación del comercio exterior del Plan Estratégico Nacional Exportador – PENX; c) Proponer y coordinar acciones conducentes a la reducción de sobrecostos que limiten o di fi culten la fl uidez del comercio exterior; d) Identi fi car restricciones al comercio y otras barreras que afecten la competitividad del comercio exterior, en coordinación con el sector privado; e) Formular, evaluar, y ejecutar las políticas, planes, programas, mecanismos y marco normativo sobre facilitación de comercio exterior; f) Formular, evaluar, y ejecutar las políticas, planes, programas, mecanismos y marco normativo en los asuntos de logística internacional y de comercio exterior vinculados a la integración física y fronteriza en coordinación con los sectores competentes, según corresponda; g) Proponer al Despacho del Viceministro de Comercio Exterior los asuntos relativos al desarrollo de la política nacional de logística internacional y de comercio exterior vinculados a la integración física y fronteriza; h) Dirigir las acciones para la implementación y administración de plataformas tecnológicas que faciliten el comercio exterior, entre otros, la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, un directorio de empresas de bienes o servicios que desarrollen o tengan potencial de realizar actividades de comercio exterior, y un registro del recurso humano que labore en dichas empresas así como los per fi les de los mismos;