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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (19/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555488 Culminados estos procesos se comunica al despachador sobre la conformidad de la entrega. 3. En caso de cancelación o revocación de actividades, el despachador, con la notifi cación de la conformidad recibida y siempre que no tenga a su cargo deudas tributarias aduaneras pendientes de pago, solicita al área de recaudación aduanera de la ICA la devolución de la garantía que constituyó a favor de la SUNAT. 4. En caso se solicite la conformidad automática de entrega por haber transcurrido el plazo máximo previsto en el numeral 8 de la sección V, así como el plazo del inciso b del numeral 1 del literal D de la presente sección, el área de recaudación aduanera con documento electrónico requiere al área de soporte administrativo la confi rmación de lo solicitado, la cual en un plazo de quince (15) días hábiles debe responder, vencido dicho plazo se tiene por confi rmado lo solicitado y se procede de acuerdo a lo señalado en el numeral precedente. E. REQUERIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA 1. En caso se requiera la entrega de las declaraciones conforme a lo señalado en el numeral 3 de la sección V, las unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas solicitan al área de soporte administrativo correspondiente que notifi que al despachador para que entregue todo o parte de las declaraciones que se encuentran dentro del plazo de conservación de cinco (5) años, así como las declaraciones que no pueden ser destruidas a que se refi ere el segundo párrafo del numeral 1 de la referida sección. Para este efecto se acompaña a su solicitud el reporte de las declaraciones requeridas. 2. El responsable del área de soporte administrativo de la respectiva intendencia de aduana, notifi ca al despachador la entrega de las declaraciones, fi jando un plazo, periodo de numeración y el personal que se encarga de su recepción y revisión. 3. El despachador, dentro del plazo señalado en el numeral 4 de la sección V, presenta un escrito por duplicado conforme al Anexo 2, acompañado de un soporte magnético que contenga la data de acuerdo con la matriz de información de las declaraciones del Anexo 3, debiendo cumplir lo establecido en el literal A de la presente sección. 4. El personal del área de soporte administrativo realiza las actividades de recepción, verifi cación y conformidad de la entrega de declaraciones de acuerdo al procedimiento establecido en los literales B, C y D de la presente sección. 5. De considerarlo pertinente las unidades orgánicas que desarrollan funciones de fi scalización y control pueden solicitar directamente al despachador la entrega temporal de las declaraciones para la realización de las acciones de su competencia, y una vez recibida la documentación debe informar al área de soporte administrativo correspondiente el tiempo que la va a mantener bajo su custodia. VII. ANEXOS 1. Caja para el archivo de declaraciones 2. Escrito para entrega de declaraciones 3. Matriz de información de las declaraciones a entregar 4. Conformidad de Entrega 5. Flujograma de entrega y recepción de las declaraciones ANEXO 1 CAJA PARA ARCHIVO DE DECLARACIONES