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El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555490 INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL ANEXO 2 SECCIÓN I: INFORMACIÓN DEL DESPACHADOR - Rubros: Nombre y tipo del despachador Indicar nombre o razón social tal como fue autorizado por la Administración Aduanera y anotar una de las siguientes denominaciones, según corresponda al despachador: • Agente de aduana, • Empresa de servicios postales; o • Empresa de servicio de entrega rápida. SECCIÓN II: MOTIVACIÓN DE LA ENTREGA 2.1 Cancelación o revocación de actividades - Rubros: Número de resolución y fecha de notifi cación Anotar el número de resolución con el cual se declaró la revocación o cancelación de sus actividades y la fecha que la recibió. 2.2 Declaraciones bajo los supuestos de excepción de destrucción - Rubros: Supuesto de excepción e inciso del Art. 34º del RLGA Anotar el supuesto de excepción de destrucción de las declaraciones presentadas y los incisos correspondientes del artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Aduanas: Inc. a):Régimen aduanero de admisión temporal para reexportación en el mismo estado o de admisión temporal para perfeccionamiento activo, cuyas obligaciones tributarias no se encuentren prescritas. Inc. b): Un requerimiento efectuado por la Administración Aduanera para la entrega de documentación y éste no haya sido atendido por el despachador. Inc. c):Proceso administrativo en trámite, incluyendo los procesos de fiscalización realizados por la SUNAT. Inc. d): Investigación policial o fi scal o proceso judicial en trámite. 2.3 Requerimiento de la Administración Aduanera - Rubros: Número y fecha de notifi cación Anotar el número de la notifi cación con la cual la Administración Aduanera requirió la entrega de todo o parte de la documentación que conserva y la fecha que la recibió. SECCIÓN III: INFORMACIÓN DEL ESCRITO 3.1 Datos del lugar en donde se va a realizar la revisión de las declaraciones - Rubro: Área de soporte administrativo que corresponde a la intendencia de aduana Anotar el área de soporte administrativo en donde se va realizar la revisión de las declaraciones y la intendencia de aduana a la que corresponde. - Rubro: Local de archivo del despachador Anotar la dirección completa del local de archivo del despachador en donde se va a realizar la revisión de las declaraciones, de acuerdo a la confi rmación efectuada por el área de soporte administrativo de las Intendencias de Aduana Marítima del Callao o Aduana Aérea y Postal, según corresponda, en caso el despachador elija esta opción. - Rubro: Total declaraciones Anotar la cantidad total de las declaraciones (DAM, DUA, DUI, DUE, DS u otros formatos con carácter de declaración) incluyendo a las que están bajo los supuestos de excepción de destrucción. 3.2 Datos del personal que coordina la entrega de las declaraciones - Rubros: Personal encargado, DNI, correo electrónico y teléfono Anotar los apellidos y nombres completos de la persona que en representación del despachador coordina con el personal de las áreas de soporte administrativo la entrega y recepción de las declaraciones, indicando su número de DNI, dirección del correo electrónico y teléfono de contacto para las coordinaciones previas correspondientes. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN