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El Peruano Sábado 20 de junio de 2015 555604 mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM- 085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Alejandro Medina Moreno, Superintendente Adjunto de Riesgos y Dmitri Koukharev, Coordinador Ejecutivo de Riesgos de LAFT del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 24 al 26 de junio de 2015 a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Alejandro Medina Moreno Pasaje aéreo US$ 1 489,62 Viáticos US$ 740,00 Dmitri Koukharev Pasaje aéreo US$ 1 489,62 Viáticos US$ 740,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1253422-1 Declaran a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. como adjudicataria de la buena pro del Concurso por invitación para la transferencia de los activos y pasivos de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención RESOLUCIÓN SBS Nº 3501-2015 Lima, 19 de junio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3471-2015 del 18 de junio de 2015, esta Superintendencia dispuso el sometimiento a Régimen de Intervención a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 104° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley N° 26702 y sus modifi catorias, en adelante la Ley General; Que, el numeral 3 del artículo 107° de la Ley General dispone que durante el régimen de intervención, la Superintendencia está facultada para transferir total o parcialmente los activos y pasivos excluidos según el numeral 2, para lo cual no se requiere del consentimiento del deudor o del acreedor, salvo lo dispuesto en el artículo 62° de la Constitución Política del Perú; Que, con esta fi nalidad, mediante Resolución SBS N° 3472-2015 de fecha 18 de junio de 2015, esta Superintendencia dispuso la exclusión de parte de los activos y pasivos de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren a ser transferidos a otra entidad del sistema fi nanciero elegida en concurso; y aprobó las “Bases del Concurso para la Transferencia de los Activos y Pasivos a Ser Excluidos del Balance de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención”; autorizando a los representantes del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones designados en dicha Resolución, a suscribir todos los documentos públicos y privados que fueran necesarios para implementar la referida exclusión y su posterior transferencia a la entidad ganadora del concurso convocado; Que, el artículo 13º del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999 y sus normas modifi catorias, establece que los activos y/o pasivos excluidos del balance de una empresa sometida al régimen de intervención pueden ser transferidos en propiedad, fi deicomiso o cualquier otra modalidad contractual, de manera conjunta o independiente, total o parcialmente; Que, mediante Ofi cios de fecha 18 de junio del 2015, esta Superintendencia invitó a las empresas del sistema fi nanciero señaladas en el numeral A del artículo 16° de la Ley General que cumplían con los requisitos mínimos establecidos en las “Bases del Concurso para la Transferencia de los Activos y Pasivos a Ser Excluidos del Balance de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención”, a participar en el Concurso para la selección de la empresa del sistema fi nanciero que adquiriría los activos y pasivos excluidos de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención; Que, en el mencionado Concurso por invitación convocado por esta Superintendencia, resultó ganador de la buena pro la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. según consta del Acta Notarial de fecha 19 de junio de 2015, por lo que corresponde proceder a la adjudicación de la buena pro a favor de tal empresa; Contando con la opinión de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. como adjudicataria de la buena pro del Concurso por invitación para la transferencia de los activos y pasivos de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención, en los términos y condiciones previstos en la “Bases del Concurso para la Transferencia de los Activos y Pasivos a Ser Excluidos del Balance de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en Intervención”, aprobadas mediante Resolución SBS N° 3472-2015. Artículo Segundo.- Disponer que los señores César Portalanza Chinguel, identifi cado con DNI N° 09608866 y José Carlos Torres Chávez, identifi cado con DNI N° 07926665, o en caso de ausencia de alguno de ellos, al señor Alberto Demetrio Acuña Pinaud, identifi cado con DNI N° 08857356, en representación del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos