Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2015 (01/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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DESPACHO Articulo 41º.- El MORDAZA o quien dirija el debate ordenara el tramite que corresponda a cada uno de los documentos. Los documentos o asuntos que requieran debate o pronunciamiento de Concejo pasaran a la Orden del Dia. Articulo 42º.- Segun la importancia de los asuntos se dispensa el tramite de comisiones, excepto los asuntos que afecten las rentas municipales. Articulo 43º.- El autor de un proyecto lo fundamentara en un lapso no mayor de diez minutos. Si los autores fueran varios Regidores sera sustentado solo por uno de ellos. Articulo 44º.- Los proyectos que cuenten con informes o dictamenes de comisiones, o hayan sido dispensados del tramite de comisiones, pasaran a la de Orden del Dia para su discusion y votacion. En la estacion de Despacho no se producen debates. INFORMES Y PEDIDOS Articulo 45º.- Los Regidores podran dar cuenta de las gestiones que le hubiesen sido encomendadas o asuntos relativos a sus funciones. Asi mismo pueden formular pedidos sobre asuntos que requieran pronunciamiento del Concejo. Dichos informes seran breves sin exceder de cinco minutos y segun su importancia pasaran a Orden del Dia. Articulo 46º.- Los informes o dictamenes de una comision seran efectuados por el Presidente de la Comision. En caso de un dictamen en minoria sera sustentado por quien lo suscribe. Articulo 47º.- Los Regidores presentaran sus pedidos por escrito por intermedio de la Gerencia Legal y Secretaria Municipal, por lo menos dos dias MORDAZA de la fecha de sesion. El MORDAZA dispondra el tramite que debera darse a cada uno de ellos y pondra a consideracion del Concejo los que podrian requerir pronunciamiento inmediato. Los pedidos que extraordinariamente se formulen en el curso de la sesion se expondran breve y concretamente y versaran sobre asuntos de competencia del Concejo. El MORDAZA decidira si admite a debate en la Orden del Dia. Articulo 48º.- El MORDAZA dispondra que los informes o pedidos sobre los que el Concejo debe adoptar Acuerdo, pasen a Orden del Dia, en la que se producira su fundamentacion y debate. Articulo 49º.- En la estacion de informes y pedidos no se producen debates, los informes que originen debate pasaran a la Orden del Dia. Esta estacion tiene una duracion de treinta minutos, vencidos los cuales se pasara a la estacion Orden del Dia. Los informes y pedidos que quedaran pendientes se trataran en una proxima sesion. DEL ORDEN DEL DIA Articulo 50º.- MORDAZA de iniciar la Orden del Dia el MORDAZA, si lo considera necesario, dispondra que se pase lista; si hubiere el quorum reglamentario continuara la sesion. Si no hubiera el MORDAZA dispondra que la sesion se suspenda. Durante la estacion de Orden del Dia se debatiran y votaran solo asuntos de Agenda o los que hubiesen pasado a esta estacion. El MORDAZA dispondra el orden del debate segun su importancia. Articulo 51º.- Durante la estacion de Orden del Dia los Regidores fundamentaran sus dictamenes, informes y pedidos. Los Regidores no pueden intervenir mas de dos veces sobre el mismo MORDAZA, salvo el autor de un proyecto. En caso de ser varios los autores de un proyecto, se designara a un Regidor para sustentar el mismo. Articulo 52º.- La intervencion sera sobre asuntos en debate, no admitiendose dialogo entre Regidores; los cuales se dirigiran siempre al MORDAZA o a quien presida la sesion. Ninguna intervencion durara mas de cinco minutos salvo autorizacion adicional de tiempo otorgada por el Alcalde. Articulo 53º.- En caso que durante el debate se profirieran palabras ofensivas, el MORDAZA o quien presida la sesion llamara al orden al ofensor y pedira el retiro de la palabra, si no lo hiciese se suspendera la sesion por breve termino. Si persistiese en no retirar la palabra, el Concejo procedera a sancionar al ofensor con una multa equivalente

El Peruano MORDAZA 1 de marzo de 2015

al monto de una dieta previo MORDAZA aprobatorio de la mitad mas uno de los miembros asistentes a la sesion. Articulo 54º.- El MORDAZA, evitara que el debate derive en asuntos diferentes del que se esta tratando. Asimismo podra dar por agotado el debate si considerase que el MORDAZA ha sido suficientemente analizado. Igualmente por propia iniciativa o a pedido de algun Regidor podra disponer que se suspenda el debate de algun MORDAZA para tratarse en la siguiente sesion. Articulo 55º.- Se podra presentar Mociones de Orden del Dia relacionadas con los asuntos en debate. Las Mociones de Orden del Dia requieren fundamentacion. VOTACIONES Articulo 56º.- Las votaciones y elecciones se realizaran en la estacion del Orden del Dia, salvo que no requiera debate previo, en dicho caso se efectuara en la estacion que corresponde. Articulo 57º.- Las votaciones se efectuaran: 1. Levantando la mano. 2. En forma nominal. 3. Mediante MORDAZA secreto. La MORDAZA y tercera forma de votacion se daran cuando corresponda por Ley o a solicitud de algun Regidor y con la aprobacion de la mayoria de los miembros asistentes a la sesion. El MORDAZA MORDAZA uso del MORDAZA dirimente, el Regidor que presida la sesion no pierde su derecho a MORDAZA y en caso de empate tendra MORDAZA doble, a menos que se encuentre desempenando la Alcaldia conforme a lo senalado en el articulo 17º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Articulo 58º.- Cualquier Regidor puede solicitar se rectifique una votacion repitiendose la misma. Una MORDAZA rectificacion requiere la aprobacion de la mayoria de miembros asistentes. Articulo 59º.- La validez de un Acuerdo o resolucion requiere del MORDAZA de la mitad mas uno de miembros asistentes habiles, caso contrario se MORDAZA por no aceptada. En caso de haber informes o dictamenes contradictorios sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos. Articulo 60º.- El MORDAZA puede determinar que el tratamiento de determinado punto de la Agenda sea diferido previa aprobacion de la mitad mas uno de los miembros habiles asistentes, asimismo MORDAZA que se agote la agenda puede suspender la sesion, para que continue en fecha posterior. Al continuar la sesion, solo se podra tratar los asuntos que quedaron pendientes. Agotada la agenda, el MORDAZA o quien presida la sesion levantara la misma con lo cual concluira esta y no podra reabrirse. CAPITULO VIII SESIONES EXTAORDINARIAS Articulo 61º.- En las sesiones extraordinarias solo se tratan los asuntos prefijados en la agenda y son convocadas por el MORDAZA o por la tercera parte del numero legal de integrantes del Concejo Municipal Distrital indicando la materia de la convocatoria. Articulo 62º.- El MORDAZA debera convocar a sesion en plazo no mayor de dos dias de recibido el pedido de los Regidores. Caso contrario sera convocado por el Primer Regidor o por cualquier Regidor previa notificacion escrita a la Alcaldia. Si el MORDAZA o el Primer Regidor concurren a la sesion convocada, tienen el derecho a presidirla. Si no concurrieran, la sesion sera presidida por el Regidor que sigue en la lista electoral del Alcalde. En situacion de emergencia declarada conforme a Ley, el Concejo Municipal Distrital podra dispensar del tramite de convocatoria a Sesion Extraordinaria siempre que se encuentren presentes suficientes regidores y se verifiquen el quorum de Ley. CAPITULO IX SESIONES SOLEMNES Articulo 63º.- Las sesiones solemnes se celebran: 1. El 28 de enero o en dias inmediatamente precedentes a conmemorarse la Creacion Politica del Distrito.

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