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El Peruano Domingo 1 de marzo de 2015 547772 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 14 de enero de 2015; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúan que las municipalidades son órganos de gobierno local, emanados de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, esta comuna, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulación de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala “las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas”; Que, mediante Informe Nº 002-2015/MDV-GRM de 8 de enero de 2015, la Gerencia de Rentas Municipales, manifi esta que la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago, sustituye la obligación de la presentación de la declaración jurada de los contribuyentes; razón por la cual, propone la expedición de la norma que establezca el monto a pagar por dicho concepto para el ejercicio 2015, proponiendo la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV-CDV de fecha 17 de Diciembre del 2008, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 000077 de la Municipalidad Provincial del Callao, que estableció el Monto por Concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2009, debiendo aplicarse para el ejercicio fi scal 2015 el importe establecido de S/. 6.90 (seis y 90/100 Nuevos Soles); debiendo mencionarse que para el ejercicio 2014 se aprobó la Ordenanza Nº 5-2014/MDV, la misma que también prorrogó la vigencia de la Ordenanza 037-2008/MDV-CDV. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, así mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifi can, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL MONTO POR CONCEPTO DE EMISIÒN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES Y DETERMINACIÒN DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2015 Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV-CDV que aprobó el Monto por Concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2009, incluida su distribución a domicilio, siendo de aplicación el importe de S/. 6.90 (seis y 90/100 nuevos soles) para el ejercicio fi scal 2015. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y demás unidades orgánicas dependientes, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1205869-3 Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 16- 2014/MDV que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Ventanilla ANEXO - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 16-2014/MDV (La Ordenanza de la referencia se publicó en la edición del 29 de octubre de 2014) REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE VENTANILLA TÍTULO I CAPÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO II DEL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL TÍTULO II CAPÍTULO III DEL ALCALDE CAPÍTULO IV DEL TENIENTE ALCALDE CAPÍTULO V DE LOS REGIDORES TÍTULO IIII CAPÍTULO VI DE LAS SESIONES CAPÍTULO VII DE LAS SESIONES ORDINARIAS DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DEL DESPACHO DE LOS INFORMES Y PEDIDOS DEL ORDEN DEL DÍA DE LAS VOTACIONES CAPÍTULO VIII DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS CAPÍTULO IX DE LAS SESIONES SOLEMNES TÍTULO IV CAPÍTULO X DE LAS FALTAS Y SANCIONES TÍTULO V CAPÍTULO XI DE LAS COMISIONES TÍTULO I CAPÍTULO I GENERALES Artículo 1º.- El Reglamento de Organización Interior tiene como objetivo: 1. Establecer la competencia, atribuciones y funciones del Concejo Municipal Distrital de Ventanilla y de sus miembros. 2. Determinar el desarrollo de las sesiones de Concejo. 3. Determinar el funcionamiento de las comisiones. Artículo 2º.- El Concejo Municipal Distrital de Ventanilla, es un cuerpo colegiado integrado por el Alcalde y trece Regidores elegidos conforme a ley. Artículo 3º.- El Concejo es el máximo órgano de gobierno municipal, correspondiéndole las competencias, funciones y prerrogativas que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás leyes y normas concordantes con esta. Artículo 4º.- El Concejo Municipal Distrital de Ventanilla ejerce las siguientes funciones: 1. Funciones normativas: mediante la aprobación, modifi cación o derogación de Ordenanzas y Acuerdos. 2. Funciones administrativas: a través de la expedición de resoluciones de Concejo sobre asuntos administrativos concernientes a su organización interna. 3. Funciones fi scalizadoras: a través de comisiones investigadoras o Acuerdos que disponen que la administración de la municipalidad informe sobre asuntos que demanden su intervención. Artículo 5º.- Son miembros hábiles del Concejo Municipal Distrital de Ventanilla aquellos que han sido